Género y poder. Violeta Bermúdez

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Género y poder - Violeta Bermúdez

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      Introducción

      Desde el inicio del constitucionalismo, las mujeres pugnaron por la inclusión del reconocimiento de su ciudadanía en los textos constitucionales con el propósito de ser consideradas como titulares de derechos y de participar en los espacios de toma de decisiones públicas en condiciones de igualdad con los hombres.

      En el Perú, la ruta histórica para el logro de la igualdad política se inició con las demandas por el derecho a la educación y a ser consideradas como ciudadanas, sujetos de derecho. A inicios del siglo xx, diversas peruanas demandaron por sus derechos y durante el debate de la Constitución de 1933 estuvieron a punto de lograr el de sufragio. Lamentablemente, sólo alcanzaron un limitado reconocimiento del mismo a nivel de elecciones municipales, que no pudieron ejercer por no realizarse dichos comicios sino hasta 1963. Por ello, se puede afirmar que el reconocimiento de las mujeres peruanas como sujetos de derecho es el resultado de un proceso gradual que partió con el reconocimiento del voto municipal, para continuar con el reconocimiento de su condición de ciudadanas, el derecho de sufragio, y la adopción de la cuota de género. No obstante, en el siglo xxi se plantea la necesidad de adoptar nuevas medidas orientadas a superar las barreras para el logro de la igualdad efectiva. Una de estas medidas es la paridad que se plantea como definitiva para lograr la participación política de la mujer, en condiciones de igualdad.

      El desarrollo del mandato constitucional de la igualdad en la participación política a través de las cuotas de género, en la práctica, no ha cumplido con su finalidad en las instancias donde se aplica. En los espacios en los que no se aplica, no se ha generado ningún debate sobre la adopción de alguna otra medida que garantice la igualdad de la mujer en el ámbito de las decisiones públicas.

      Existe un vasto desarrollo normativo nacional e internacional que garantiza la igualdad de la mujer y no discriminación en el ámbito de la participación política; así como compromisos políticos de los Estados para adoptar medidas eficaces que garanticen su participación y representación política. Existe, también, importante experiencia comparada que demuestra que, al igual que en el Perú, las cuotas de género cumplieron un propósito importante para la inclusión de más mujeres en el ámbito político.

      Lamentablemente, luego de más de 20 años de su aplicación, éstas se han convertido en un techo para la participación de las mujeres, por lo que resulta importante considerar otro tipo de medidas que, de manera definitiva, contribuyan al logro de la igualdad. En este contexto, surgen las propuestas para garantizar la igualdad efectiva a través de la paridad. Es decir, la participación equivalente de mujeres y hombres en todos los cargos de representación política.

      Los objetivos de la presente investigación han sido, precisamente, mostrar la difícil ruta para el logro de la igualdad de la mujer en la participación política, y sustentar que una medida definitiva, como la paridad, es compatible con el derecho constitucional peruano.

      Teniendo en cuenta los objetivos trazados, se ha efectuado una revisión bibliográfica que incluye doctrina nacional e internacional, legislación nacional y comparada y jurisprudencia constitucional, así como estudios del pensamiento filosófico que sustentan las ideas de igualdad y democracia. Del mismo modo, se han revisado estudios de las ciencias sociales y políticas en relación a la igualdad de género y a la participación de las mujeres y los diarios de debates del Congreso de la República del Perú en relación al tema de estudio. Cabe mencionar que, a lo largo del desarrollo de la investigación, intencionalmente, se ha tratado de destacar las “voces de las mujeres”, con el propósito de recoger sus aportes en la construcción del constitucionalismo, en particular, en lo relativo a los derechos de igualdad y de participación política.

      El presente libro se ha organizado en tres capítulos. El primero contiene el marco teórico del derecho a la igualdad y a la participación política, destacando los aportes de las mujeres en la construcción del contenido del derecho a la igualdad, así como las movilizaciones promovidas en el proceso hacia la conquista de sus derechos. Asimismo, desarrolla el derecho a la participación política, el cual, de la mano con el de igualdad, conduce al concepto de la igualdad política. Culmina el capítulo con una presentación de las medidas más frecuentes adoptadas por los Estados en esta materia.

      El segundo capítulo examina la igualdad política de la mujer en el derecho internacional y en el derecho constitucional comparado. Aquí se desarrolla el marco internacional que sirve de sustento para la adopción de medidas que garanticen la igualdad efectiva en el ámbito de la participación política. Se analiza, en detalle, el caso deFrancia, por ser el país pionero en la aprobación de la paridad. También se desarrolla la experiencia comparada de los ocho países de América Latina que aprobaron la paridad hasta diciembre de 2017: Ecuador, Bolivia, Costa Rica, Nicaragua, Honduras, México, Chile y Argentina. Culmina el capítulo con un balance de las semejanzas y diferencias entre la experiencia de la paridad adoptada en Francia y la de los países de América Latina.

      Teniendo en cuenta lo analizado en los capítulos precedentes, el tercer capítulo concentra su atención en el análisis de la igualdad política de la mujer en el Perú y en el desarrollo de los argumentos que sustentan que la paridad es una medida constitucional efectiva para el logro de la igualdad política y que contribuye al fortalecimiento de la democracia. En este capítulo se presenta el proceso evolutivo de la igualdad política de la mujer peruana, se hace un balance general de los resultados de la aplicación de la cuota de género y se analizan los proyectos de ley que han sido presentados al Congreso de la República (período 2016-2021) para mejorar la participación política de las mujeres. Además, se examina la jurisprudencia constitucional que puede servir de sustento para la adopción de la paridad y, con el uso del principio de proporcionalidad, se evalúa la constitucionalidad de una propuesta paritaria. Finalmente, se proponen medidas complementarias para la aplicación de la paridad, de tal manera que cumpla con la finalidad de lograr la igualdad efectiva. Se cierra el capítulo con algunas reflexiones sobre el aporte de la paridad para la consolidación de un Estado Democrático de Derecho en el Perú.

      El presente libro es producto de la Tesis elaborada para optar el Grado Académico de Magíster en Derecho Constitucional (Escuela de Posgrado PUCP), sustentada el 30 de enero de 2019. Confío en que los planteamientos desarrollados sean de utilidad para respaldar una propuesta orientada a la adopción de la paridad en nuestro país, que promueva un valor esencial en todo Estado Democrático de Derecho: la participación política de todas las personas, mujeres y hombres, en condiciones de igualdad.

      Finalmente, quiero agradecer de manera especial a Alda Facio Montejo, jurista y feminista, integrante del Grupo de Expertos Independientes del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas sobre el tema de la discriminación contra la mujer en la ley y en la práctica, quien ha tenido la generosidad de prologar el presente libro. Asimismo, a la profesora Milagros Revilla, quien fue mi asesora de tesis; al Movimiento Manuela Ramos, organización feminista de la que formo parte y en la que inicié mi desarrollo profesional en defensa de la igualdad de la mujer; a mi familia, por su apoyo constante en cada desafío que asumo, y a Samuel, mi esposo, por estar siempre a mi lado compartiendo sueños y esperanzas.

      Violeta Bermúdez Valdivia

      Lima, marzo de 2019

      Capítulo I

      La construcción de la igualdad política

      1.1. EL APORTE DE LAS MUJERES AL CONTENIDO DEL DERECHO A LA IGUALDAD

      Desde el inicio del constitucionalismo, hacia finales del siglo XVIII, la consagración de la igualdad ignoró a la mujer como titular de este derecho y, por tanto, le negó la condición de ciudadana. Ello, en contraste con los enunciados de libertad e igualdad

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