Por el derecho comprender. Henrik López Sterup

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Por el derecho comprender - Henrik López Sterup Derecho y sociedad

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respecto a la variación lingüística, es clave tener claridad sobre la realidad cambiante del lenguaje y sobre la influencia de factores lingüísticos y no lingüísticos en dicho fenómeno. Estos cambios son inapelables, las lenguas varían y lo seguirán haciendo en la medida en la que sean utilizadas. Lo que hoy por hoy sea de uso común, puede caer en desuso en el futuro y, de la misma manera, muchas de las palabras que hoy son desconocidas, podrían perfectamente ganar popularidad y extensión gracias a su empleo constante. Entender esto es un punto básico para sugerir una definición general del LC.

      Desde el punto de vista de los diasistemas, al reconocer en el Movimiento del LC la importante presencia de dos partes que se comunican (el Estado y la ciudadanía), se debe profundizar sobre cuál es el tipo de sistema que cada uno utiliza. Comúnmente, aunque no existe una definición o reconocimiento concreto sobre la forma en la que se comunican las instituciones, como hablantes es posible identificar y aceptar que hay diferencias entre el actuar comunicativo de entidades u organizaciones oficiales y el de personas del común. Asimismo, al detectar la existencia de potenciales sistemas distintos, es viable aceptar que la comunicación regida estrictamente por los términos de uno de estos sistemas puede tener problemas para ser interpretada y utilizada por los miembros del grupo que maneja el sistema opuesto.

      A partir de esto, es fundamental tener en cuenta que todos los miembros de una comunidad de habla siempre estarán incluidos dentro de una comunidad lingüística, pero no todos los miembros de una comunidad lingüística podrán hacer parte de una misma comunidad de habla. Así las cosas, todos los funcionarios públicos de una entidad en concreto en Colombia harán parte de la comunidad lingüística de hablantes de español; pero no todos los hablantes de español pertenecerán a la comunidad de los funcionarios públicos del país. Esta salvedad es necesaria, pues la definición que se sugiera debe tener en cuenta las diferencias en la utilización de la lengua de las partes involucradas y no intentar ser demasiado específica, pues podría resultar excluyente.

      Con el panorama que se puede obtener de la revisión de definiciones, antecedentes y la reflexión sobre asuntos propios de los estudios del lenguaje, se puede hacer el ejercicio de creación inédita de una definición propia; aunque se avisa, como ya se ha abordado, que la lengua posee una variación inherente y constante y la forma en la que distintos sistemas, poblaciones o lugares pueden dar cabida a diferentes comunidades de hablantes, hace que cualquier definición no pueda aplicarse a un colectivo total.

      El LC se puede definir como un estilo de escritura y presentación textual con el que se elaboran los documentos producidos por hablantes de distintas entidades públicas y privadas del país, orientado a la transmisión transparente y efectiva de la información. Se caracteriza por organizar los contenidos y las estructuras de manera concreta y precisa, y por orientar el diseño para la fácil lectura y comprensión, además de un uso correcto, eficaz y eficiente por parte de los ciudadanos.¿Qué es? Estilo textual y de presentación de documentos

      Figura 1. Esquema de la definición del LC desde el punto de vista textual.

      Fuente: elaboración propia.

      La definición propuesta expone cinco elementos fundamentales: 1) atiende al objeto de estudio directamente y deja en claro qué es el LC; 2) delimita su campo de acción a una tipología textual concreta, los documentos producidos en las entidades públicas y privadas del país; 3) presenta su intención principal al afirmar que está orientado a la transmisión transparente y efectiva de la información; 4) da cuenta de sus características principales, el contenido, la estructura y el diseño; y 5) devela a quién se dirige a su vez que le da el poder de determinar, de acuerdo con su experiencia, si el LC favorece la lectura, comprensión y uso.

      Una eventual aplicación de esta definición sobre un texto permitiría que:

      1. Maneje contenidos breves y directos.

      2. Se apoye en una estructura sencilla de los mensajes en donde las oraciones respeten el orden de constituyentes del español (sujeto, verbo, objeto) tanto como sea posible.

      3. Utilice palabras de uso común por parte de la población.

      4. Tenga un diseño agradable a la vista del lector, quien tendrá la potestad de evaluar la idoneidad del material.

      En el proceso, la etapa de evaluación es crucial, pues es el insumo para determinar la efectividad en la práctica del LC o la necesidad de reformular los elementos que entran en contacto directo con el ciudadano lector, a saber, la estructura, el contenido y el diseño; todo enmarcado en la transparencia y efectividad de la transmisión de la información.

      Si bien la mayoría de los materiales están orientados hacia la redacción de textos escritos de forma clara y con objetivos específicos, el caso de Colombia devela una perspectiva que supera la escritura y que escala al plano de la interacción oral al involucrar los intercambios verbales entre ciudadanos y servidores de las distintas entidades, tal como sugieren Guzmán Petro y Quiñones Serrano en la Guía de Lenguaje Ciudadano para la Administración Pública Colombiana52. En este sentido, se podría pensar en una definición más abierta que la recién sugerida, que supere los estilos de escritura y presentación de textos y se adapte a la relación directa entre las partes involucradas, mediada por la oralidad.

      Así, el LC puede comprenderse, desde este punto de vista, como una Práctica comunicativa oral entre los hablantes de entidades públicas y privadas del país y los ciudadanos, que busca favorecer la transmisión transparente y efectiva de la información, caracterizada por ser cordial, respetuosa y concreta, con el fin de que el interés del intercambio comunicativo sea comprensible, útil, correcto, eficaz y eficiente para los interlocutores.¿Qué es? Práctica comunicativa

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      Figura 2. Esquema de la definición del LC desde el punto de vista oral y comunicativo.

      Fuente: elaboración propia.

      Esta definición expone seis elementos fundamentales: 1) atiende al objeto directamente, aclarando de qué se trata el LC en términos orales y comunicativos; 2) delimita su espacio de aplicación al intercambio comunicativo entre las distintas entidades del país y las personas; 3) presenta su intención principal al afirmar que está orientado a la transmisión transparente y efectiva de la información, tal como la primera definición; 4) describe sus propiedades, base del intercambio verbal entre entidades y ciudadanos; 5) especifica a quiénes está dirigido, involucrando activamente a las dos partes, pues al tratarse de una relación comunicativa es necesaria la interacción de mensajes entre ambas; y 6) vincula la evaluación medida por la comprensión y la utilidad que el objeto del intercambio pueda tener para los participantes.

      Una eventual aplicación de esta definición en un escenario comunicativo real permitiría que:

      1. Se genere un intercambio verbal entre las partes, personificadas en un funcionario en representación de una entidad determinada y un ciudadano, para resolver un asunto.

      2. Se intenten satisfacer las necesidades del ciudadano a través de un trato cordial, respetuoso y concreto.

      3. Se evalúe el resultado final de la comunicación por parte del ciudadano a la

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