Adopciones. María Federica Otero
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Todo ser humano nace con esta dependencia absoluta (física, psíquica, afectiva y social) hacia un/a adulto/a, que deberá ir transformándose de a poco y de modo apropiado en una dependencia relativa, hasta alcanzar la independencia, la autonomía. En este recorrido que se realiza durante las niñeces y las adolescencias, la/el NNA no es responsable de esta transformación, más bien lo son la/el o las/os adultas/os. Desde este enfoque, los factores ambientales y posibilitadores de socialización son fundamentales. Tan es así, que la autonomía depende de ello.
Winnicott (1971/1993) denominó “dependencia absoluta” del/de la bebé recién nacido/a hacia su madre y “preocupación materna primaria” a la de la madre hacia la/el bebé, si bien hoy sabemos que no se trata de una “madre” sino de la función de disposición absoluta a las necesidades del/de la bebé. O sea, lo importante no es una mamá mujer, sino una función más allá del género: la de que un/a bebé para subsistir y crecer necesita de un/a adulto/a en disposición absoluta que le satisfaga sus necesidades y que le vaya devolviendo la imagen de “vos sos importante para mí”.
De este modo, esta/e o estas/os adultas/os van satisfaciendo lo que la/el bebé no puede por sí misma/o. Necesidades que, obviamente, no se limitan al cuidado físico y la alimentación, sino que también comprenden las afectivas.
Esta adaptación totalmente sensible a las necesidades del/de la bebé dura apenas unos meses y el tiempo será correlativo a la reasunción del/de la o los/as adultos/as a su propia independencia. Así, la/el o las/os adultas/os irán dejando espacio a las respuestas que por sí mismos/as pueden ir de a poco dando las/os bebés gradualmemte. Así también va llegando a la dependencia relativa, que es un período de adaptación del/de la bebé a la desadaptación gradual del/de la adulto/a. En la etapa de la dependencia relativa es cuando cuando esa/e o esas/os adultas/os se ausentan momentánea y necesariamente y aparece la angustia, que es el primer signo de que la/el bebé reconoce. Recién a los dos años, aproximadamente, las y los NN van desarrollando nuevos recursos internos para lidiar con esa ausencia, que ya no será pérdida, sino una ausencia que se percibe presencia, porque saben que estará más allá de la ausencia física relativa.
Al mismo tiempo, para Bleichmar (2008), la vulnerabilidad de la infancia, producto de un yo en su pleno desarrollo, acrecienta la interdependencia con el mundo adulto sostenedor, tanto en el marco familiar como en el entramado social. La dimensión relación, la acogida del/de la adulta/o en los primeros años de vida, las experiencias en las niñeces, no solo es crucial en términos de cuidado y satisfacción de las necesidades universales, sino que es el factor principal de la constitución del sujeto como tal.
Ahora bien, ¿qué sucede con todo esto y las/os NNA que se encuentran en situación de cuidado alternativo, como consecuencia de una medida de protección excepcional?
En este punto, creemos que el psicoanálisis nos ayudará a avanzar en esta respuesta, pues diferencia “demanda” de “necesidad”:
El psicoanálisis distingue claramente la necesidad de la demanda. La necesidad hace referencia a lo puramente biológico, a esas cosas que el organismo necesita para sobrevivir –alimento, bebida, calor, limpieza–. La necesidad surge por razones puramente orgánicas y se descarga totalmente en una acción específica. El sujeto humano nace en un estado de desamparo, de indefensión tal, que es incapaz de satisfacer sus propias necesidades; por lo tanto, depende de Otro que lo auxilie (…) Para satisfacer sus necesidades y obtener la ayuda del Otro, el infante tiene que articularlas en el lenguaje, es decir, tiene que expresar sus necesidades en una demanda (Zuluaga, 2019, p. 1).
La/el NN en un primer momento grita porque tiene hambre, pero ese grito solo se convierte en demanda cuando la madre (o cualquier adulta/o que asuma las funciones primordiales de cuidado)7 la/o escucha y responde dándole de comer. Al articular las demandas en palabras, se introduce otra cosa que causa una escisión entre la necesidad y la demanda; junto a la demanda que articula una necesidad, también hay una demanda de amor. El objeto que satisface la necesidad, que es suministrado por Otro, adquiere la función adicional de dar prueba del amor del Otro. El Otro, su presencia, simboliza el amor, creándose así una relación de dependencia. Así pues, la demanda cumple una doble función: expresa una necesidad y se convierte en una demanda de amor.
Entonces, en tanto la necesidad se nos presenta como universal, la demanda es subjetiva y se encuentra muchas veces escondida detrás de cada necesidad no satisfecha. La necesidad es utilizada generalmente para hablar de derechos. ¡Y eso sería correcto! Sin embargo, a veces podemos invisibilizar la demanda. Y ahí habría una nueva falla.
Advertimos que, en ocasiones, frente a la práctica concreta respecto a los procesos adoptivos, nos ocupamos solo de la protección y la restitución de la necesidad y no de la restitución de la demanda.
Además, en general, las/os NNA que se encuentran en situación de cuidado alternativo han vivenciado un pasaje de la dependencia absoluta a la autonomía, con muchas deprivaciones. Así, vemos a menudo cómo, en grupos de hermanas/os, la/el mayor del grupo actúa inconscientemente haciéndose cargo de esa función de cuidado que estuvo ausente en las niñeces del grupo. O las/os NNA de más de diez años que, al incorporarse a una nueva familia a través de la adopción, presentan algunas conductas que podríamos denominar regresivas como, por ejemplo, querer dormir en la cama con las/os guardadoras/es como si fueran NN de una edad mucho menor.
Entonces, de lo que tenemos que ocuparnos es no solo de esas necesidades universales no satisfechas, sino también del modo en que esa insatisfacción se inscribió particularmente en esa/e NNA, configurando su demanda.
Por su parte, Marchant (2014) entiende que la/el NNA en situación de cuidado alternativo se encuentra en doble situación de vulnerabilidad. La primera se relaciona con aquella vivida en su contexto familiar, y la segunda, como consecuencia de la separación afectiva de sus vínculos primarios. Dicho de otro modo, no solo se trata de NNA que han sido vulneradas/os en sus derechos, sino que al mismo tiempo han de vivir una segunda vulneración asociada a las consecuencias psicológicas derivadas de la separación afectiva.
De allí que toda decisión de aplicar una medida de protección excepcional requiere de un análisis previo –si bien ágil–, básicamente transdisciplinario, que busque y logre la protección necesaria del/de la NNA, para garantizarle, al mismo tiempo, acciones y abordajes que minimicen el riesgo de provocar mayores y nuevos daños en el sujeto. Sin esta garantía, entonces, con nuestra práctica estaríamos consiguiendo justamente lo contrario de lo que buscamos.
Es por ello que la protección del/de la NNA, mientras dure la medida excepcional, no debería estar de ninguna manera basada solamente en cuestiones normativas, sino acompañada y fundada principalmente en un abordaje integral de cuidado real y simbólico, que garantice un ambiente de protección, atención y acompañamiento, sea que la/el NNA se encuentre en un dispositivo