El debate sobre la propiedad en transición hacia la paz. Fernando Vargas Valencia

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El debate sobre la propiedad en transición hacia la paz -   Fernando Vargas Valencia Derecho

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productivas específicas (siembra de cereales, palma africana, caña de azúcar, entre otras); y, por otro, a reorientar las actividades de los sectores campesinos (quienes se habían especializado en la producción de alimentos).

      Existe una estrecha conexión entre los reacomodamientos de los patrones productivos en varias regiones del país a través de la implementación de las políticas neoliberales y el escalonamiento de la guerra. En los territorios con mayores índices de desplazamiento forzado y despojos, es donde generalmente se han implementado modelos de producción a gran escala. En Antioquia, Bolívar, Magdalena, Meta, entre otros, la expansión de cultivos agroindustriales se dio en paralelo a la expansión del paramilitarismo y a su consecuencia directa: el desplazamiento forzado.

      En este sentido, el CNRR (2009) explica que el despojo masivo y violento de tierras, al tener como telón de fondo la implementación de las reformas neoliberales, apuntó a la consolidación de un modelo de desarrollo rural en el que se reduce significativamente el papel de las economías campesinas en la producción de alimentos, privilegiándose actividades económicas a gran escala, como las plantaciones agroindustriales, los megaproyectos, la ganadería extensiva y las explotaciones de recursos naturales y mineros.

      En este contexto, el campesinado fue reconocido como sujeto de política pública en la medida en que potencialmente o puede ser articulado mediante alianzas estratégicas al sector agroempresarial, lo que resulta clave para la dinamización del modelo económico rural (Mondragón, 2002) —el caso de la participación en la producción de palma africana—; o es incorporado en la producción de bienes para nichos especiales de consumo: cafés especiales, cacao, flores, productos orgánicos, artesanías, entre otros. En uno y otro el acceso a los medios de producción continúa siendo precario.

      En escenarios en los que perviven formaciones sociales no capitalistas o que no han sido integradas del todo al modo de producción mercantil, el capital, para imponer su hegemonía, debe transformarlas; estas transformaciones, desde la perspectiva de este artículo, se han logrado a través del entronque entre neoliberalismo y conflicto armado. Estos procesos convergentes introdujeron nuevos modos de producción y de control social. Por medio del despliegue de discursos y prácticas (violentos y no violentos), se crearon y fueron modelando a los sujetos rurales, es decir, se fueron ajustando cuerpos y subjetividades “en categorías coherentes con las relaciones capitalistas” (Escobar, 2007, p. 225). El despliegue de violencias (simbólicas —políticas neoliberales— y directas —acciones violentas asociadas al conflicto armado—) incidió “en el campo de los significados sociales” (De Lauretis, 1989, p. 45), produciendo, normalizando y reforzando prácticas y subjetividades productivas. La articulación de hombres y mujeres en estos procesos es marcadamente diferente. Este proceso, bajo la perspectiva de esta investigación, presenta particularidades en relación con el género.

      Mies (1998), León y Deere (2000) y Eisenstein (1998) han llamado la atención sobre la incidencia de la recomposición económica y productiva jalonada por las reformas neoliberales en la división sexual del trabajo en los países de la periferia capitalista. Las autoras coinciden en afirmar que el género está siendo construido y reconstruido por las dinámicas económicas globales. La globalización requiere de mano de obra barata y las mujeres se constituyen en la población ideal para acceder a fuerza laboral óptima y a bajo costo. Así la cooptación del trabajo de las mujeres es uno de los pilares de la globalización (Piña, 2017).

      En cuanto a las mujeres rurales, Mies (1998) señala que, en un contexto de reorganización de la economía a nivel mundial, han sido descubiertas por el capital internacional como factor clave para la dinamización de las economías de exportación, constituyéndose en sujetos de intervención estatal y de la cooperación al desarrollo. Desde esta lógica, este grupo poblacional (altamente heterogéneo), a través de políticas desarrollistas, ha sido incorporado a productividades específicas. En este sentido, las políticas públicas de corte productivo dirigidas o que articulan a las mujeres rurales esconden una suerte de domesticación económica, constituyéndose en un conjunto de discursos y prácticas que se despliegan para ajustar los cuerpos y las subjetividades de las mujeres a las necesidades de acumulación capitalista.

      En este contexto de reorganización productiva cobró especial importancia el acceso de las mujeres rurales a los factores de producción, entre estos la tierra. En Colombia, como en otros países de la región,1 a finales de la década de los ochenta se reconoce a las mujeres como sujetos de la política de tierras. Tanto en la Ley 30 de 1988 como en la 160 de 1994 y la 1448 de 2014 (Ley de Víctimas) se incorporan medidas de género para regular el acceso a la tierra de hombres y mujeres campesinos.

      León y Deere (1997) indican dos cuestiones fundamentales para comprender la importancia del reconocimiento del derecho de las mujeres a la tierra. En primer lugar, destacan que el acceso a este recurso es clave para el acceso a otros recursos para la producción, como el crédito, la asistencia técnica y la transferencia de tecnología; en segundo lugar, observan que la disponibilidad formal de la tierra condiciona “el poder de negociación que tienen en el hogar y en la comunidad” (p. 8).

      Sin desconocer la importancia para las mujeres de este logro legal, el acceso a la tierra y a otros factores de producción puede ser también interpretado como una estrategia estatal encaminada a subordinar a este sector de la población a los intereses del capitalismo agrario.

      Mies (1998), retomando los presupuestos de Luxemburgo, argumenta que la expansión del capitalismo contemporáneo continúa requiriendo sectores que no han sido asimilados totalmente por este, entre estos las mujeres rurales. Una manera de asimilarlas es a través de facilitar el acceso a recursos productivos, como es el caso de la tierra. Tal como se sugirió antes, la disponibilidad formal de tierra conlleva la disponibilidad de condiciones necesarias para insertarse en la producción, una producción que se decide en función de las dinámicas de inserción de los países de la periferia capitalista a la economía global.

      La adjudicación y titulación de predios o su formalización generalmente traen aparejado el desarrollo de un conjunto de acciones, las que se encaminan a configurar y/o potenciar a las campesinas como productoras eficientes. Extensión rural, asistencia técnica, transferencia de tecnología, gestión y desarrollo de proyectos productivos, acceso a recursos financieros, asociatividad, entre otros, se constituyen en mecanismos para organizar y especializar productivamente a las mujeres. El acceso a la tierra como condición para el acceso a otros recursos claves en la producción mediatiza y organiza a las campesinas como productoras bajo la lógica del mercado.

      De acuerdo con lo anterior y, a través de los contenidos que se plasman en este documento, se evidenciará la continuidad que existe entre las leyes de tierras (leyes 30 de 1988 y 160 de 1994) y lo que se establece con respecto a la restitución de tierras en la Ley de Víctimas. La continuidad se entenderá en una doble vía. Por un lado, se mostrará cómo el modelo de desarrollo rural que se configura mediante el entronque entre neoliberalismo y conflicto armado incide en el tipo de reconocimiento que se hace del derecho a la tierra de las mujeres rurales; en segundo lugar, se demostrará cómo las intervenciones estatales que se realizan paralelas a la adjudicación, titulación y/o formalización de la tierra operan como tecnología de género neoliberales. Es decir, como mecanismos mediante los que producen y ajustan los cuerpos y las subjetividades de las mujeres a las necesidades de acumulación capitalista.

       1. Andamiaje conceptual

       1.1. Género como proceso de significación

      El género como estructura socialmente estructurada funciona como principio que da lugar y constituye las prácticas sociales (Sañudo, 2015). A la vez que condiciona la producción de los significados en torno a lo genérico de los sujetos, en el momento en que estos se ponen en circulación, “afectan los cuerpos, los comportamientos y las relaciones sociales” e inciden en el “campo de los significados sociales”

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