Ley y justicia en el Oncenio de Leguía. Carlos Ramos

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      18 Karno, Augusto B. Leguía, ob. cit., pp. 239-246.

      19 La ley es analizada en Costa y Cavero, R. (1926-1929). Legislación de aguas (I, pp. V-X; III, pp. 10-26). 3 tomos. Lima: Imprenta La Equitativa.

      20 El Peruano, 14 de julio y 26 de octubre de 1920; 6 de marzo de 1922.

      21 Véase en especial el medular estudio de Karno, Augusto B. Leguía, ob. cit. Consúltese también, Yepez del Castillo, Ernesto (1978). El Oncenio de Leguía. Análisis, (4), 103-107; Cotler, Julio (1978). Clases, Estado y nación en el Perú (pp. 185-226). Lima: IEP.

      22 Cornejo, Mariano H. (1928). Discurso de 10 de octubre de 1928. En La filosofía de la Patria Nueva, por el doctor Mariano H. Cornejo (p. 39). Lima: Imprenta Torres Aguirre. El papel de Mariano Hilario Cornejo Centeno (Arequipa, 1866-París, 1942), considerado con justicia como el mentor del leguiismo, resultó vital. Orador, diplomático, impulsor de los estudios sociológicos y varias veces parlamentario, Cornejo fue, después del golpe de 4 de julio, ministro de Gobierno del régimen provisional y luego presidente de la Asamblea Nacional. Más allá de la retórica encomiástica que presentan sus discursos y su larga ausencia del país como plenipotenciario en Francia durante casi todo el gobierno de Leguía, la actuación ideológica de Cornejo, sobre todo en su fase inicial, proporciona un lenguaje y un modesto marco conceptual para la acción política. Véase también: Cornejo, Mariano H. (1920). Mensajes y discursos. Lima: Torres Aguirre; Cornejo, Ricardo (1974). Mariano H. Cornejo. Discursos escogidos y datos biográficos. Lima: Jurídica.

      23 Belaunde, Alejandro & Juan Bromley (1920). La Asamblea Nacional de 1919. Historia de la Asamblea y galería de sus miembros (p. 6). Lima: s/e.

      24 Ibídem, p. 12.

      25 Decreto de 9 de julio de 1919, publicado en el diario oficial El Peruano el 22 de julio de 1919. Votación plebiscitaria para la reforma de la Constitución. Considerando 1° «Que el movimiento nacional que ha derrocado al régimen anterior se ha inspirado principalmente en la noble aspiración de realizar reformas constitucionales que implanten en el Perú la democracia efectiva». Ver texto completo en los anexos.

      26 El 1 de enero de 1928, Leguía, al agradecer el saludo del cuerpo diplomático extranjero acreditado en Lima y después de elogiar los beneficios que para el progreso reporta la paz entre los pueblos, sostenía: «Yo he querido, durante el tiempo que ejerzo la Primera Magistratura del país, evitar las perturbaciones que engendra la guerra civil, alejar los conflictos internacionales que arruinan a las naciones y movilizar las incalculables riquezas de nuestro territorio». Véase Leguía, Augusto B. (1929a). Colección de discursos pronunciados por el Presidente de la República, durante el año 1928 (pp. 9-10). Lima: Cahuide.

      27 En un banquete ofrecido por Leguía a Herbert Hoover, presidente electo de Unión Americana, el 25 de diciembre de 1928, el mandatario peruano argüía que la doctrina Monroe («la América para los americanos»), calificada como «religión del porvenir», «ha sido y sigue siendo una defensa de nuestra libertad y una garantía para desarrollar la originalidad de nuestra cultura» (Leguía, Colección de discursos pronunciados, ob. cit., p. 161). Agrega luego, en una evidente manipulación del pensamiento de Bolívar, al que cita junto a Blaine, que «el panamericanismo fue la gran utopía de los hombres de Estado que organizaron las patrias de América» (ibídem). Disputa, asimismo, con quienes cuestionan el «rol director de los Estados Unidos». Detalles domésticos sobre la sumisión servil a la potencia del norte trae Basadre cuando narra que el criado peruano del exembajador norteamericano en Lima, Miles Poindexter, descontento con el trato que recibía, decidió mudarse al servicio de Alfredo González Prada, primer secretario de la Embajada del Perú. Poindexer, aparentemente a la iniciativa de su esposa, remitió un cable de queja al canciller Rada y Gamio, quien conminó a González Prada para que devolviese al criado. La presión motivó la airada renuncia del funcionario diplomático. Cónfer Basadre, Historia de la República del Perú, ob. cit., IX, pp. 342-343.

      28 Volante contemporáneo. Archivo Augusto Ramos Zambrano.

      29 No obstante una fuerte dosis de pasión en la amplísima literatura dedicada al Oncenio, un punto de coincidencia unánime señala precisamente el afán modernizante del régimen como uno de sus rasgos distintivos. Para un balance, consúltese Irurosqui, Marta (1994). El Perú de Leguía. Derroteros y extravíos historiográficos. Apuntes, (34), 85-101.

      30 Mayer de Zulen, Dora (1933). El Oncenio de Leguía (p. 5). Callao: Tipografía Peña.

      31 Ibídem, p. 3.

      32 Deustua, José & José Luis Rénique (1984). Intelectuales, indigenismo y descentralismo en el Perú, 1897-1931. Cusco: Centro de Estudios Rurales Andinos Bartolomé de Las Casas; Tamayo Herrera, José (1989). El Cusco del Oncenio. Un ensayo de historia regional a través de la fuente de la Revista «Kosko». Serie Cuadernos de Historia (8). Lima: Universidad de Lima; Kristal, Efraín (1989). Una visión urbana de los Andes. Génesis y desarrollo del indigenismo en el Perú 1848-1930. Lima: Instituto de Apoyo Agrario.

      33 Kristal, ob. cit.; Tamayo Herrera, José (1982). Historia social e indigenismo en el altiplano. Lima: Ediciones Treintaitrés; Tamayo Herrera, El Cusco del Oncenio, ob. cit.; Ramos Zambrano, Augusto (1994). Ezequiel Urviola y Rivero. Apóstol del indigenismo. Puno: Universidad Nacional del Altiplano.

      34 Garrett, Gary Richard (1973). The Oncenio of Augusto B. Leguía: Middle Sector Government and Leadership in Peru, 1919-1930. (Tesis doctoral). University of New Mexico. Albuquerque, EE.UU.; Caravedo Molinari, Baltazar (1977). Clases, lucha política y gobierno en el Perú (1919-1933). Lima: Retama.

      35 Mayer de Zulen, ob. cit., p. 58.

      36 Belaunde, Víctor Andrés (1967). Trayectoria y destino. Memorias (II, p. 575). 2 tomos. Estudio preliminar de César Pacheco Vélez. Lima: Ediciones de Ediventas.

      37 Pedro Planas (1994) puso en duda en La República autocrática (Lima: Fundación Friedrich Ebert) la denominación ya clásica de «República aristocrática», instalada en la manualística historiográfica para designar el periodo que transcurre desde la alianza civilista-demócrata en 1895 y el ascenso de Leguía en 1919. Planas contempló el problema en términos electorales, de modo que la categoría en debate habríase basado en la exclusión de los indios del sufragio con

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