Biodiversidad y propiedad intelectual en disputa. Santiago Roca

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Biodiversidad y propiedad intelectual en disputa - Santiago Roca

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      La argumentación es elocuente acerca de por qué se debe dar derechos de propiedad intelectual a la información natural, tanto de especies endémicas como pandémicas, y a la artificial. Para que el mercado de información genética natural pueda aparecer, Vogel (1994) propone derechos de propiedad sobre esta información, lo que haría aumentar el valor de los hábitats en relación con usos alternativos, de acuerdo con la novedad, la calidad y la escasez de las funciones genéticas cifradas:

      … son los derechos de propiedad sobre la información genética lo que fomentará el comercio y aumentará la eficiencia en tanto el valor de la información genética sea mayor que los costos de transacción y el valor de los usos alternativos de la tierra […] esto es la base teórica de la privatización como política de conservación de los hábitats (pp. 29-31).

      Como los programas de software son información y tienen protección de propiedad intelectual, también la información genética debería recibir protección similar a la propiedad intelectual, para que los dueños de la tierra tengan interés en conservarla:

      … en un mundo sin derechos de propiedad sobre la información genética se debe esperar muy poca conservación de los hábitats […]. Debería entonces crearse una ley para crear derechos de propiedad sobre la información genética natural […] los propietarios de los productos que utilizan información genética deben compensar a los propietarios de los hábitats donde se encuentra la información genética… (Vogel, 1994, pp. 29-31).

      Esto significa que los tenedores de patentes farmacéuticas deberán pagar regalías (royalties) a los propietarios de la tierra que conservan la información genética.

      Pero ¿cómo hacer para que las farmacéuticas y otras compañías que trabajan con la información genética paguen royalties por la información básica? Aquí se regresa a la idea de que la biodiversidad y la información que contiene es costosa de mantener pero fácil de copiar, y la consecuente necesidad de crear un cartel de la biodiversidad. Es decir, se amalgama en cada momento el argumento de la privatización de la información genética con el argumento del cartel de la biodiversidad, los cuales son totalmente diferentes.

      Por ejemplo, Vogel (2007a) dice:

      … lo que uno necesita es un oligopolio sobre la información natural […] pero las patentes retribuyen solo a aquellos que creen información que es verdaderamente novedosa, no obvia y útil […] y la información natural es libre […] el problema es la interpretación legal de patentes en el contexto de información natural […] los metabolitos de los genes de cualquier especie son útiles y no obvios […] la novedad solo tiene sentido si uno la interpreta como la falta de difusión de la información. Bajo estas condiciones, las especies endémicas y especialmente aquellas amenazadas de extinción serían información novedosa, lo suficientemente valiosa para la creación de un oligopolio [léase cartel] […] las especies pandémicas no son novedosas y por analogía deberían ser libres […] esto no puede decirse sin embargo en el caso de la información natural. Si uno no retribuye a las especies pandémicas que comparten el nicho con las endémicas, estas últimas y no las primeras sufrirán […] si el valor de la bioprospección surgió en la pandémica y no en la endémica, no deberíamos haber pagado la tasa a la endémica […] el error de ese razonamiento es que las especies valiosas solo se conocen expost […] [por eso] uno tiene que mantener las opciones abiertas y aun cuando no haya especies endémicas uno debe pagar la tasa única acordada por el oligopolio [cartel] para las pandémicas también (pp. 124-125).

      ¿Se da cuenta el lector de cómo se usan indistintamente los conceptos de propiedad intelectual y cartel de la biodiversidad, como si se tratara de equivalentes? Los criterios de novedad del sistema de patentes tienen que combinarse con la definición de lo que es invención. Aunque un metabolito no sea conocido y sea nuevo, si no fue hecho por el hombre no es un invento y no se puede patentar. Las patentes son solo para inventos hechos por el hombre, no para resultados generados por la naturaleza.

      Pero, además, hay que aclarar los conceptos. En primer lugar, la biodiversidad no es un ente homogéneo: contiene componentes físicos y materiales y también informacionales (Halewood, 2013). No es exclusivamente información genética, ni se usa solo para propósitos de la biotecnología; también sirve en forma directa para fines de alimento, belleza, cultura, salud, etc., y para producir bienes no biotecnológicos. Los distintos componentes de la biodiversidad, desde el punto de vista de los mecanismos que ayudan a su circulación e intercambio, pueden clasificarse en bienes privados, bienes públicos, bienes comunes y bienes de peaje (Ostrom, 1990).

      De acuerdo con la teoría económica, el mercado, a través del sistema de precios, es la institución que se utiliza para estudiar la demanda, la producción y el intercambio en el ámbito de los bienes privados; el Gobierno es la institución político-administrativa que impone reglas, cobra impuestos y se organiza para la asignación e intercambio de los bienes públicos (Musgrave & Musgrave, 1976); los bienes comunes se organizan y administran bajo las reglas de las asociaciones o sociedades específicas en donde nacen (Ostrom, 2010); bien privado es aquel de cuyo acceso uno puede ser excluido si no lo paga, y no puede ser consumido por otro individuo a la vez (alimentos, ropa, etc.); y bien público es aquel que no puede excluir a nadie y puede ser consumido por todos a la vez (el servicio de seguridad, el conocimiento). Por otra parte, la diferencia entre bien público y bien común reside en que el primero es de todos como colectividad y cada uno puede usarlo en forma separada, mientras que el bien común (Zamagni, 2007) es de todos en tanto individuos que son sujetos de derecho (difícil de excluir) y su uso no puede ser separado del uso que hacen los demás (un lago, una irrigación, la biodiversidad como bien ambiental). A esta clasificación, Buchanan (1965) añade el concepto de bienes club o de peaje, es decir, bienes por los cuales no rivalizan los miembros, pero de cuyo uso se puede excluir a los que no son miembros (guardería de niños, club de teatro).

      Esta clasificación de bienes privados, públicos, comunes y de peaje y sus mecanismos de intercambio y gobernabilidad no son estáticos. Puede haber bienes públicos que debido a cambios socioculturales, legales o tecnológicos pasen a ser parte de la categoría de bienes privados, así como bienes que a un nivel elevado de abstracción o generalización puedan ser bienes comunes, pero a un nivel más concreto o de alguno de sus componentes sean bienes club o bienes privados. Por ejemplo, la biodiversidad como bien ambiental es un bien común, pero un componente de ella, v. g., los troncos de madera en un bosque que ha sido concesionado, son bienes privados.

      No es, entonces, cierto que la biodiversidad sea exclusivamente un bien público o un bien común, sino que, dada la variedad de abstracciones y componentes de aquella, cada componente puede tener su propia clasificación y, por lo tanto, su propia lógica, sistema de intercambio y gobernabilidad. Esto quiere decir que habrá componentes de la biodiversidad que se usarán, proveerán e intercambiarán bajo la lógica del capital o el mecanismo de mercado; otros lo harán bajo la jerarquía y el sistema político-administrativo de la gobernabilidad democrática; y otros, bajo los criterios de gobernanza de los bienes comunes (generalmente, la acción colectiva).

      En el análisis y retórica de Vogel son dos cosas, en realidad, las que se mezclan y confunden: la primera es el problema de los componentes de la biodiversidad como bien público, que requiere ser administrado y conservado para proporcionar agua limpia, clima, estética, vida y salud; y la segunda se refiere al valor (o los precios) de la información genética natural y los conocimientos ancestrales para su utilización en la cadena de valor agregado de las industrias biotecnológica, farmacéutica, entre otras. Los bienes que producen estas últimas industrias son, hoy en día, bienes privados, pero los insumos iniciales (información genética natural y conocimientos ancestrales) son bienes en transición hacia bienes públicos, comunes, de peaje o bienes privados. Por lo tanto, este problema debe resolverse de acuerdo con el sistema de precios del mercado, si el tránsito se orienta hacia bien privado, y con la regulación por parte del Estado, si existen fallas

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