Nuevas letras. Camila de Gamboa Tapias

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la asignación de esos recursos, durante las siguientes tres semanas los grupos de trabajo debían adelantar las lecturas y el borrador de la primera parte del texto final, que consistía en la exposición del tema. Su análisis debía contar, como mínimo, con un elemento dogmático y los demás debían establecer un diálogo entre la dogmática jurídica y las condiciones políticas, sociales o económicas que el primero había pretendido leer desde el derecho en un período determinado. La exposición debía ser sucinta y suficiente, con un uso de las fuentes que denotara la debida comprensión del tema.

      En una segunda sesión de tutorías, el docente revisaba los avances de los grupos y los asesoraba para la siguiente fase del ejercicio, la de la preparación del debate historiográfico. A partir de las lecturas asignadas, cada grupo reportaba al docente un pequeño estado del arte sobre la materia. Luego, se pensaba en las preguntas que podían hacerse a las explicaciones y marcos teóricos que se expresaban en ese estado del arte, y se acordaban mínimo dos autores de la historiografía correspondiente a los módulos del curso, con el fin de identificar los conceptos y las tesis pertinentes para realizar la crítica. Estos referentes se movían entre la historiografía jurídica y política y la sociología histórica, y abarcaban el derecho indiano, las independencias y los reformismos liberales del siglo XIX y del XX hasta la Constitución de 1991, con atención en la burocracia colonial, en los procesos de construcción estatales y en los desafíos de los órdenes armados ilegales de la segunda mitad del siglo XX. Los grupos también debían incorporar a su crítica una interpretación de la crisis de la tradición jurídica occidental, para lo cual se utilizaban la explicación de Harold Berman y las posibles interpretaciones de la parábola de Franz Kafka “Ante la ley” de El proceso.

      Con base en el desarrollo de la discusión historiográfica, los grupos debían formular, en una oración, un problema de investigación coherente con sus planteamientos críticos, luego de lo cual debían justificar el problema respondiendo a los interrogantes de cómo la propuesta del grupo esperaba abordar un enfoque o un aspecto sin tratar o tratado insuficientemente por los estudios en la materia; de cuán necesario era el desarrollo del problema de investigación para una mejor comprensión de los estudios en derecho y de lo jurídico en el ejercicio profesional; y de cómo el desarrollo del problema propuesto podría modificar el derecho colombiano actual.

      Los dos textos aquí recopilados se produjeron entre 2015 y 2016, y fueron respaldados por sustentaciones orales sobresalientes de cada una de las integrantes de los grupos. La transicionalidad como problema fundamental de la conciencia histórica del derecho colombiano —de su crisis y de las maneras de encarar su superación desde el derecho— fue el tema abordado por estas reflexiones como muestra de las enormes posibilidades de esta apuesta pedagógica y, por supuesto, de la profunda inteligencia de las autoras. “¿Qué le hace falta a la memoria histórica para representar el terror?”, de María Camila Castro Montealegre, Juliana Garavito Rojas y María Manuela Márquez Velásquez, apostó con valentía por un análisis netamente teórico de los alcances de la memoria histórica para dar cuenta del horror y de sus dimensiones en el horizonte de expectativas del posconflicto colombiano. En “¿Es posible la empatía para la reconciliación?”, Ángela Esperanza Vera Castellanos y Valery Espitia Bohórquez traen al contexto del claustro la pregunta fundamental de la transicionalidad para indagarla en las actitudes de los estudiantes de jurisprudencia.

      Esta publicación, dirigida por la profesora Camila de Gamboa Tapias y el profesor Juan Francisco Soto Hoyos, no es más que un sentido homenaje al trabajo y a la inteligencia de los autores de los textos aquí recogidos. También lo es de todos los alumnos de Historia del Derecho Colombiano que acogieron, con generoso compromiso, las propuestas pedagógicas del curso para incorporarlas a su formación como abogados y como colombianos. Y lo es de los profesores Julio Gaitán y Miguel Malagón, por haberme inculcado la necesidad de pensar mi país desde el derecho, mientras que, en el interior del claustro, los estudiantes de jurisprudencia de 1998 nos dedicábamos a memorizar regímenes jurídicos desde el monumento del derecho romano. Esta obra, finalmente, es un reconocimiento a los profesores Luis Fernando Sánchez Huertas, Pedro López y Jorge Iván Salazar, y a los brillantes monitores que ha tenido esta materia, Rocío Franco, Steven Gómez, Paula Losada y Esteban Rojas, con quienes conspiramos este giro del curso de Historia del Derecho Colombiano hacia la reflexión sobre la crisis de la tradición jurídica occidental en nuestro contexto, en busca de vías para respuestas urgentes. Fue, de nuevo, la profesora Camila de Gamboa quien abrió esos espacios de libertad para la innovación pedagógica como directora del Área de Teoría Jurídica de la Facultad de Jurisprudencia. A todos ellos espero haber correspondido con mi empeño modesto pero sincero para que nuestra academia siga siendo una dialéctica de la inspiración y un cultivo de la amistad.

       Verdad en medio de la justicia transicional

      Estudiantes: Ángela Esperanza Vera Castellanos y Valery Espitia Bohórquez

      Fecha: I semestre de 2017

      Este estudio tiene como objetivo abordar la importancia de la verdad en el posconflicto, así como realizar un análisis de los alcances que esta ha tenido en diferentes programas de desmovilización. Esto implica también el conocimiento de un proceso de transición que deje atrás la violencia y que, a su vez, conduzca a la correcta reconciliación entre las partes. Este no es un tema ajeno al derecho, sino todo lo contrario, pues el abogado se enfrenta a un contexto de posconflicto en medio de una justicia transicional y tendrá que verse implicado, todo el tiempo, en la búsqueda de una construcción de verdad.

      La verdad no ha sido un tema muy debatido en la jurisdicción colombiana, a pesar de la importancia que esta acarrea. Sin embargo, en los últimos años se ha constituido como un derecho y elemento clave para la transición al posconflicto, donde se busca, por encima de todo, asegurar el bienestar de la víctima y la totalidad de sus derechos. Pero ¿qué tanto alcance ha tenido y cómo ha llegado a implementarse dentro de la justicia en nuestro país?

      Luego de conflictos armados o represivos, los colombianos tienen derecho a saber la verdad. Así, cabe mencionar la relevancia del derecho internacional en el proceso de justicia transicional en lo que concierne al elemento de verdad, la necesidad y gran importancia de reconocerlo, en especial, a todas las víctimas y supervivientes del conflicto para conocer las circunstancias de su desarrollo, así como las personas que ejecutaron actos violentos.

      Acorde a las consideraciones de Tatiana Rincón en su libro Verdad, justicia y reparación. La justicia de la justicia transicional, el derecho internacional juega un papel fundamental al contener una normativa, jurisprudencia y doctrina abundantes en materia de los principios y estándares que estructuran el derecho a la verdad, los cuales delimitan el núcleo normativo de la justicia transicional en lo que atañe al elemento de verdad.

      De la misma manera, la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos establecen que la verdad es un derecho inalienable, cuyos titulares son las víctimas, familiares y, además, los pueblos en relación con los acontecimientos del pasado y su conexidad con los crímenes aberrantes, al igual que las circunstancias y motivos que llevaron a cometerlos (Rincón, 2010, p. 37). Las víctimas, como principales afectadas del conflicto, y sus familiares tienen el derecho a conocer qué sucedió e, igualmente, quiénes fueron los responsables de estos hechos. No obstante, así como las víctimas y sus familiares se ven beneficiados con el conocimiento de la verdad, este también constituye un gran aporte a la sociedad colombiana, ya que el

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