Nuevas letras. Camila de Gamboa Tapias

Чтение книги онлайн.

Читать онлайн книгу Nuevas letras - Camila de Gamboa Tapias страница 7

Серия:
Издательство:
Nuevas letras - Camila de Gamboa Tapias

Скачать книгу

garantía del derecho a la verdad invoca expresamente el derecho a la verdad en aras de garantizar el derecho a la justicia”, es decir, la búsqueda de garantías del derecho a la verdad se logra también a través del derecho a la justicia (Rincón, 2010, p. 37). Esto debido a que, en las violaciones, la protección, respeto y garantía del derecho a la verdad requieren —al igual que el derecho a la justicia— de unos esfuerzos particulares. Pero ¿qué entendemos por derecho a la verdad? El derecho a la verdad consiste en saber, sin limitaciones, qué ocurrió. Es decir, no se trata solo de tener conocimiento de los episodios sufridos por las víctimas, sino de profundizar en sus bases el contexto en que este se presentó y en el cual se ha hecho posible, pues solo así podremos analizar el conflicto y sus causas como un todo, de modo que haya una construcción de verdad en su integridad.

      Como ya fue mencionado, el Estado se encuentra en el deber de recordar y mostrar las respectivas pruebas de las violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. Además, las medidas bajo las cuales está obligado a cumplir deben encaminarse a preservar del olvido una ‘memoria colectiva’, evitando que surjan tesis negacionistas. Sin embargo, sabemos que la verdad de las víctimas es extremamente vulnerable, debido a que, además de enfrentarse a los silencios derivados del miedo o la muerte de las víctimas sobrevivientes como testigos morales de los hechos, entre otras, puede ser negada no solo por quienes cometieron esos actos, sino también por los que cuentan con la posibilidad y el poder de revisar la historia (Rincón, 2010, p. 54).

      Las memorias, relatos y verdades en una sociedad como la colombiana, que ha vivido innumerables violaciones de derechos humanos, obligan a tener un especial cuidado con la protección de las pruebas que sustentan la verdad de las víctimas. Al respecto, Rincón afirma que debemos entender la verdad a partir de dos dimensiones: verdad factual o relato de lo que ocurrió, y verdad moral, es decir, una narración que busca explicar el porqué de lo ocurrido, así como un juicio crítico de los hechos (Rincón, 2010, p. 55). En consecuencia, proteger y ejercer el derecho a la verdad implica un medio de reparación, y así, este, según la Corte Interamericana de Derechos Humanos, da lugar a una justa expectativa de las víctimas que el Estado debe satisfacer.

      Colombia ha sido un país muy dividido en cuanto a cómo se percibe la realidad. Suele creerse que es más ‘justa’ una pena que condene durante 60 años a aquellos que han cometido delitos, que fueron (o son) delincuentes, que afectaron el orden social y que llegaron a lastimar a la población civil. Aun así, esta generalidad no se aplica siempre, como es el caso de los paramilitares. Si bien los crímenes cometidos por cada uno de los bandos han sido violaciones a los derechos humanos, ningún grupo en el país ha sido, en gran mayoría, aceptado socialmente y, además, ha tenido tanta impunidad como los paramilitares.

      Pero no podemos culparlos de todo, puesto que, aunque faltó su voluntad al momento de confesar, la ley no exigió mucho. Si bien la Ley de Justicia y Paz tuvo como objeto “facilitar los procesos de paz y la reincorporación individual o colectiva a la vida civil de miembros de grupos armados al margen de la ley, garantizando los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación” (Justicia Transicional, s. f.), en un principio, la verdad ni siquiera llegaba a ser considerada como un requisito fundamental, pues es poco después que esta ley se propuso garantizar todos los derechos de las víctimas a través de un proceso penal especial, distinto al ordinario, en el que los excombatientes postulados son beneficiarios potenciales de penas alternativas (entre 5 y 8 años de pena privativa de la libertad) a cambio de decir la verdad sobre su pertenencia al grupo armado, contribuir a la reparación de las víctimas y a la reconciliación nacional. Algunos de los tantos inconvenientes de esta ley son: la poca reparación a las víctimas, la falta de verdad a la que se comprometieron los victimarios, la lentitud en los procesos y el bajo número de sentencias en doce años de promulgada la ley. Sin embargo, podríamos afirmar que la verdad se constituyó como un factor indispensable luego de muchas críticas por parte de la Corte y del Congreso, además de la población civil, debido a que se veía como inaudito el hecho de que los responsables obtuvieran beneficios sin dar a cambio una verdad plena, sin retribuir a las víctimas y mucho menos sin repararlas, y, pese a esto, ha habido un escaso número de sentencias proferidas. Por consiguiente, la Ley de Justicia y Paz, en su práctica, ha consagrado impunidad a los autores de las peores masacres de la historia reciente de Colombia, dificultando una mejor atención a las víctimas y, lo más importante, el conocimiento de una verdad en su totalidad.

      Por otra parte, la jurisprudencia en torno al derecho a la verdad es, por menos, extensa y relevante en todos sus sentidos, a tal punto de que se ha llegado a constituir este derecho como primordial para nuevos diálogos, tal como en los diálogos de paz con las FARC. Este proceso, que busca restablecer el orden, desmovilizar a uno de los grupos al margen de la ley más peligrosos en la historia de Colombia y, por supuesto, darle fin a un conflicto de más de 50 años, incluyó de manera amplia, aunque no muy específica en ciertos puntos, el derecho a la verdad. Se constituye en el acuerdo que la verdad es un derecho fundamental de las víctimas y que, por lo tanto, debe ser garantizado durante el posconflicto; así mismo, ningún guerrillero accederá a los beneficios estipulados en el acuerdo sin haber confesado sus crímenes y haber contribuido a construir la verdad, la cual será comprobada por diferentes mecanismos, tomando en cuenta distintas versiones, y, además, aquellos que no quieran colaborar con la justicia o lo hagan en tiempos no determinados podrán ser juzgados a través de la justicia ordinaria, y quedarán exentos de todos los beneficios de la justicia transicional.

Скачать книгу