Nuevas letras. Camila de Gamboa Tapias

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de justicia y paz, dentro del propio ordenamiento jurídico interno” (Colprensa, 2015). Tribunales especiales: “Se creará un Tribunal Especial para la Paz con magistrados nacionales y algunos extranjeros” (Colprensa, 2015).

      Para estos casos, se utilizan entonces dos diferentes mecanismos: la justicia judicial o la justicia extrajudicial. La diferencia radica en que mientras la primera requiere de un juez en ejercicio de sus funciones, la segunda no necesariamente. El enfoque principal de estos métodos son generalmente las víctimas, para poder garantizarles los derechos básicos que requieren después de terminada la etapa del conflicto.

      La histórica debilidad de la justicia la ha llevado a reducir su eficacia de manera contundente ante una guerra tan devastadora y violenta como ha sido la nuestra (GMH, 2013, p. 197), creando así una inseguridad grave en los colombianos —especialmente en aquellos afectados por la violencia—. Es claro que en Colombia no existe una confianza en la justicia, pues en muchas situaciones se ha privilegiado al victimario, se ha minimizado a la víctima y, en el peor de los casos, no se ha dado nunca una solución a un caso o se ha postergado de manera indeterminada. Sin embargo, la pregunta es: ¿se puede retomar esa confianza en la justicia? Así, el papel que ejerza durante el posconflicto es imprescindible para que esto se logre.

      Por lo tanto, es necesario recurrir a la implementación de diversos mecanismos que aseguren el correcto funcionamiento y que no den la sensación de injusticia. La exigencia de verdad puede ser considerada como uno de estos mecanismos, de modo tal que las víctimas al saber qué fue lo que sucedió, dónde están sus familiares desaparecidos o asesinados, cómo pueden recuperar sus tierras, tengan el sentimiento de haber sido tratados de manera correcta ante la ley, pues es sabido que el tener pleno conocimiento de los hechos resulta más valioso y justo para las víctimas que recibir una indemnización. Ante esto, es pertinente que la justicia exija la verdad como un hecho que no puede ser ajeno ni a lo judicial, ni a lo histórico. No se puede tomar la verdad como un mero límite judicial de la historia, donde todo lo que se confiese sea tomado como algo cierto solo porque no puede ser negado, como si lo confesado no pudiese traicionar la pretensión de validez política (GMH, 2012, pp. 294-295). Para darles justicia a las víctimas, es necesario entender la verdad como un factor histórico que da respuesta a múltiples preguntas en torno al conflicto y su complejidad.

      La relación víctima-verdad podemos compararla con el breve relato al que hace alusión Franz Kafka, pues nos ayuda a comprender el estado en que vivimos. “Ante la ley hay un guardián”, y así mismo hay un campesino que intenta acceder a ella. Por su parte, la censura de la ley radica en una estructura que reduce las posibilidades de réplica del campesino —en este caso la víctima—, un individuo cuyas intenciones no son posibles ni adecuadas. El campesino creía que la ley siempre estaría abierta para todos, pero el aspecto del guardián le indicaba que era conveniente esperar. Luego, pese a los intentos de este, el guardián reconoce sus esfuerzos, sin embargo, no obtiene ningún resultado. Por lo tanto, el campesino es como la víctima frente a la búsqueda de la verdad, puede exigir, amonestar, puede incluso gritar, pero no puede acceder a esta.

      El campesino le dice al guardián “Todos se esfuerzan por llegar a la ley […] ¿cómo es posible entonces que durante tantos años nadie más que yo pretendiera entrar?” (Kafka, 2010); el guardián en sus últimos momentos le indica que esa entrada era solo para él, y ahora, la cerraría. La experiencia le muestra al campesino que la ley no debía estar abierta para todos tal como él lo creía. Podríamos afirmar que lo mismo sucede en Colombia con las víctimas del conflicto armado y la violencia: existe una ley, pero a la vez no existe, solo hay una separación de los individuos con el propósito de rendirlos, agotarlos y dejar que desaparezcan (Axát, 2013).

      La metáfora de Kafka apunta a un derecho esencial: el acceso a la justicia. Se trataba de la puerta de la justicia, con una verdad inaccesible por las víctimas y la sociedad colombiana, la gente del común. El pueblo no puede acceder a la verdad porque el Estado —guardián— no se lo permite, pero “la ley está ahí”. Así, llegamos a la conclusión de que la víctima es presentada frente a la ley como algo insignificante, subordinado, desprovisto de eso en lo que el mismo orden establecido, supuestamente, está fundado: el derecho subjetivo. No posee capacidad relevante de acción ni de palabra y no puede poseerla (Barbero, 2014).

      Igualmente, existe un vínculo entre la construcción de verdad como derecho de las víctimas y la sociedad colombiana, con la crisis de la tradición jurídica occidental que nos plantea Harold Berman. Frente a las dificultades de construcción de verdad en Colombia, tienen una gran similitud las características que desaparecieron en el derecho. En primer lugar, la pérdida del derecho como un cuerpo coherente (ratio legis) o un cuerpo que evoluciona, a causa de un pragmatismo azaroso, se ve reflejada en la medida en que el derecho deja de ser una unidad y se convierte en una mezcla debido a la falta de continuidad. Por otra parte, el derecho ya no tiene una primacía sobre la política y se vuelve producto de ella. Y, por último, se ha perdido la competencia de jurisdicciones —como pudimos analizar anteriormente— debido a la falta de pluralidad e integración, llevándonos a una confusión de jurisdicciones.

      Por otro lado, es necesario comprender que esta justicia debe ser plena y reparativa, pues, de lo contrario, llegaría a fracasar en su intento de normalizarse. Siempre se ha hiperinstitucionalizado (Pécaut, 2012) a la víctima, donde constantemente se presentan leyes para protegerlas, repararlas, darles un acompañamiento, pero estas leyes nunca fueron llevadas a la realidad en su totalidad. Según las diferentes instancias de gobierno, se reconocen unos marcos legales bajo los cuales las víctimas pueden recibir justicia, y se les da, además del reconocimiento como tales, muchas herramientas para acceder a estos beneficios, pero, entonces, ¿qué sucede? Si es así, ¿por qué se ven carencias al momento de impartir justicia?

      Si bien es cierto que las herramientas y mecanismos están presentes, no hay el seguimiento requerido. En adición, los procesos son lentos y costosos, donde van ley tras ley para poder tener de vuelta todo aquello que en algún momento dieron por perdido —tal es el caso de la restitución de tierras—, sumado a esto, está el desconocimiento de lo determinado por la ley, y los diversos problemas encontrados una vez se trata de acceder a los beneficios otorgados por ella.

      Otro factor importante implica observar hasta qué punto el estudiante de derecho —futuro juez, legislador, abogado, entre otros—, como actor en el ámbito jurídico, está sobrepolitizado; y, por otra parte, cómo esto puede afectar el ejercicio del derecho. No se puede tener una justicia plena cuando las ideologías políticas entran en juego, ya que, casi inconscientemente, la decisión tomada se verá afectada por este juicio. No obstante, esto no solo se evidencia en situaciones de la vida del estudiante de derecho o del litigante, sino también en ocasiones políticas tales como debates, conferencias y demás. La diferencia determinante es que

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