Un mundo dividido. Eric D. Weitz

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Un mundo dividido - Eric D. Weitz

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“Se extinguirán prácticamente –decían–, o cambiarán sus costumbres y su religión de tal modo que el indio primitivo […] se convertirá en una mera curiosidad histórica”. Una vez que hubieran desaparecido, una vez que hubieran dejado de ser una amenaza, los indios serían mitologizados e idealizados. La Minnesota Historical Society tenía por misión “recopilar y registrar todos los datos valiosos e interesantes sobre los indios. […] El periodo indio de nuestra historia, la del noroeste, será el capítulo más conmovedor y apasionante de los anales del descubrimiento y de la colonización [de la región], y la historia de la raza roja está tan ligada a la de nuestro estado que no cabe omitirla”.96 La estrecha relación entre civilización y exterminio no se podía expresar con mayor claridad.97

      La idea de civilización determinó la política federal, así como las acciones de los misioneros y las autoridades del estado de Minesota. En 1819, el Congreso aprobó una ley que llamaba al Gobierno a fomentar “las costumbres y las técnicas de la civilización” entre los indios, enseñándoles, entre otras cosas, “la forma de agricultura indicada para su situación”.98 Lo mejor que puede decirse del Congreso es que no autorizó una política de exterminio, aunque se propuso acabar con la forma de vida india.99 El coste de este esfuerzo civilizador se vio compensado una vez más por las rentas anuales acordadas en los tratados: los indios sufragaban así la campaña de abolición de su cultura.100

      Nunca fue sencillo, sin embargo, distinguir entre civilizados y bárbaros, entre estadounidenses e indios; algunos dakotas sioux habían adoptado ciertas costumbres foráneas. Hasta Pequeño Cuervo se había acomodado a la vida de pueblo. Estaba rodeado de granjas, aunque no era granjero. Iba a la iglesia, aunque no estaba bautizado. A veces llevaba ropa euroamericana, y había viajado dos veces a Washington para negociar los tratados entre el Gobierno federal y los dakotas. Se casó con indias, pero entre sus vecinos había no pocos mestizos. Los misioneros solían desaprobar los matrimonios mixtos, pero no llegaban a pedir su abolición.101 El reverendo Riggs reconocía que quienes formaban estas uniones aprendían la forma de vida y la lengua dakotas aún mejor que los misioneros, lo que suponía una gran ventaja para estos en su trabajo. El propio Riggs dominaba la lengua y le había dado forma escrita.

      Todas las instituciones del Estado, en especial el Tribunal Supremo, utilizaron la ideología de la civilización. Treinta y cuatro años antes de la represión de los dakota sioux, el tribunal dictó tres sentencias decisivas que se conocen como la “Trilogía Marshall”. Se las llama así por John Marshall, el entonces presidente del tribunal; las sentencias que redactó en nombre de la mayoría de los jueces, y en las que desplegaba un lenguaje grandilocuente y una amplia visión histórica, determinarían la política india de Estados Unidos en el siglo y medio siguiente.

      El tribunal presidido por Marshall fundamentó sus sentencias en la Constitución, que nombra dos veces a los indios.102 La primera mención tiene una importancia enorme. La Constitución atribuye al Congreso la facultad de “regular el comercio con países extranjeros y entre los estados, así como con las tribus indias”; esta disposición, en la que se basaron todas las decisiones legislativas, administrativas y judiciales relativas a la vida de los indios,103 da a entender que las tribus eran naciones soberanas preexistentes a la fundación de Estados Unidos.104 Los indios podían, por tanto, negociar y firmar tratados con Estados extranjeros, lo que preocupaba a las autoridades estadounidenses, interesadas en asegurar la continuidad del país y la realización de sus ambiciones expansionistas en un continente donde los franceses, los ingleses y los españoles también reivindicaban territorios.

      Las sentencias de Marshall, basadas en esos principios fundamentales, apoyaban el autogobierno y la independencia de los indios y la propiedad colectiva de las tierras; pero también aprobaban que se les desposeyera de ellas, siempre y cuando fuese por medios legales, es decir, en virtud de tratados o comprándolas. Y lo que era más importante, el tribunal de Marshall afirmaba la autoridad suprema del Gobierno federal para decidir la política india. En la práctica, sin embargo, los poderes ejecutivo y legislativo, los colonos y los Gobiernos estatales podían ignorar las sentencias del Tribunal Supremo en su afán por usurpar tierras a los indios y hacerlos desaparecer.

      En la sentencia Johnson’s Lessee v. M’Intosh (1823), el tribunal atribuía al Gobierno federal, y no a los estados ni a los individuos, la competencia exclusiva para negociar con los indios y comprar sus tierras.105 El texto lo dice categóricamente: Estados Unidos tiene la “autoridad exclusiva […] para suprimir el derecho [de propiedad de los indios] y ceder la tierra”.106 La sentencia también expresaba una idea que el tribunal desarrollaría en casos ulteriores: la del derecho de los “descubridores”, los “habitantes civilizados que hoy dominan este país”, a “separar” a los indios de sus tierras, aunque solo por medios lícitos, esto es, en virtud de negociaciones y tratados, puesto que se reconocía a esos pueblos nativos como naciones soberanas.107 “La conquista otorga un derecho que los tribunales del conquistador no pueden negar”, decía la sentencia;108 pero, por otro lado, el “conquistado no debe ser oprimido […] ni sus derechos de propiedad dañados”.109

      La sentencia del Tribunal Supremo dejaba claro que los indios eran sujeto de derechos; los derechos que como naciones tenían sobre las tierras que sus tribus poseían. No se les otorgó, sin embargo, una carta de derechos como la que tenían los ciudadanos estadounidenses; el tribunal no concebía ni mucho menos que pudieran disfrutar de derechos individuales. Por lo demás, y en una decisión de enorme significación histórica, el tribunal limitaba sus derechos de propiedad. Los indios tenían un mero derecho de ocupación de las tierras:110 las poseerían mientras cazaran, pescaran y cultivaran la tierra en las zonas claramente definidas como suyas y no las cedieran a los blancos en virtud de tratados. Pero el “derecho absoluto y último” lo tenían los “descubridores”, es decir, los europeos que habían llegado a esas tierras remotas y sus descendientes.111 El tribunal invocaba la idea de civilización arguyendo que los indios eran “salvajes” que vivían de lo que encontraran en el bosque. “Dejarles en posesión del campo era dejarlo agreste” o, lo que era lo mismo, sin civilizar.112

      Pese a la protección parcial que les ofrecía la sentencia del Supremo en el caso Johnson’s Lessee v. M’Intosh, los indios siguieron viéndose desposeídos de sus tierras por individuos y estados. Georgia adoptó una política especialmente escandalosa. El Gobierno federal había prometido ayudar al estado a adquirir territorios indios, pero apenas había hecho nada, así que Georgia no esperó más y empezó a usurpar tierras, retando al Gobierno federal a que se lo impidiera. Los cheroquis demandaron entonces al estado de Georgia en un tribunal federal; era una de las primeras veces que los indios acudían a la justicia para defender sus tierras y su forma de vida. También se enfrentaban al Congreso y al presidente Andrew Jackson, partidarios de la Indian Removal Act (ley de deportación de los indios), aprobada en 1830, y que conduciría al Sendero de Lágrimas, como se conoce al desplazamiento forzado de los cheroquis y otras tribus de sus tierras en Georgia, Carolina del Norte y del Sur y Florida a territorios al oeste del río Misisipi, principalmente Oklahoma.

      En la sentencia Cherokee Nation v. State of Georgia (1831), el Tribunal Supremo reafirmó el poder exclusivo de Estados Unidos sobre las tierras indias y sostuvo que los cheroquis constituían un Estado, así los habían considerado los primeros colonos y Estados Unidos, y por eso habían establecido tratados con ellos.113

      Nada más afirmar este principio tan trascendental, el tribunal lo matizó. ¿Eran los cheroquis un “Estado extranjero”?, se preguntó Marshall. “La relación de los indios con Estados Unidos es quizá incomparable con la que tiene ningún otro par de pueblos existente”, sostuvo.114 En la sentencia, el presidente del tribunal acuñó una frase cuyas consecuencias se harían sentir durante decenios: los indios constituían “naciones internas independientes”, cuya relación con Estados Unidos era “análoga a la que tiene un pupilo con su tutor”.115 Dicho de otro modo:

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