El arbitraje al derecho y al revés. Francisco González de Cossío

Чтение книги онлайн.

Читать онлайн книгу El arbitraje al derecho y al revés - Francisco González de Cossío страница 32

El arbitraje al derecho y al revés - Francisco González de Cossío Litigio arbitral

Скачать книгу

atribuir palabras a Jarrosson con las que posiblemente no esté de acuerdo.

      66 En la química, un ‘elemento’ es una sustancia que no se puede separar en sustancias más simples. Comparten los mismos átomos. (Raymond Chang, Química, Williams College, McGraw Hill, México, Séptima edición, 2002, p. 9).

      67 Un ‘compuesto’ es una sustancia formada por átomos de dos o más elementos unidos químicamente en proporciones definidas. Es un conjunto de dos o más elementos. (Chang, Química, id. p. 9).

      68 Las sustancias se caracterizan por sus propiedades y su composición. Una propiedad física se puede medir y observar sin que cambie la composición o identidad de la sustancia. Una propiedad química es observable mediante un cambio químico. (Chang, Química, id. p. 11).

      69 La jurisprudencia francesa le da más importancia al carácter irrevocable y obligatorio de la decisión del tercero y el procedimiento seguido para ello, que a la denominación que las partes le han dado al tercero.

      70 Esto se presenció en Compagnie d’eclairage de l’Allier v. Bouchand (31 de marzo de 1862) donde se mencionó la irrelevancia de la forma en que haya sido bautizado por las partes.

      71 Jarrosson, ob. cit., p. 126.

      72 Deseo comunicar al lector un dato curioso. A la fecha de conclusión de este estudio el autor llevaba ocho años impartiendo la materia de arbitraje a nivel carrera, maestría y otro tipo de diplomados. En todas dichas cátedras, al abordar las cualidades del árbitro, invariablemente he comenzado por preguntar a los alumnos cuáles son los requisitos que consideran que debe tener un individuo para ser árbitro. La cantidad de adjetivos es impresionante. Y existe una constante: la pluralidad va aunada a la tenacidad con la que defienden la trascendencia de cada uno. He realizado un listado de adjetivos que diferentes judicaturas y autores han empleado sobre las características del árbitro. De nuevo, la lista es enorme. Alrededor de 34 diferentes.

      73 Artículo 1428 del Código de Comercio.

      74 Pongo énfasis en el calificativo de internacional puesto que dichas cualidades varían de conformidad con la lex arbitrii y práctica arbitral de cada jurisdicción. Por ejemplo, los árbitros en procedimientos locales en Estados Unidos consideran que el único que tiene que cumplir con dicho doble requisito es el ‘neutral’ (es decir, el árbitro que preside el tribunal arbitral) a diferencia de los ‘árbitros-de-parte’ (o ‘no-neutrales’).

      75 Giorgio Bernini, La procedure arbitrale et l’independence des arbitres, ICC Publishing, 6° colloque CCI-CIRDI-AAA, París, 27 de octubre de 1988.

      76 Nariman, coloquio del 27 de octubre de 1988.

      77 Henry, ob. cit.185.

      78 Von Mehren, coloquio del 27 de octubre de 1988.

      79 Jarosson, coloquio del 27 de octubre de 1988.

      80 Marc Henry, Le Devoir d’Indépendance de L’Arbitre, Biblioteque Droit Privé, Tome 352, L.G.D.J., Paris, 2001, p. 339.

      81 Eisenmann, Déontologie de l’Arbitre, Revue de L´Arbitrage 1969, p. 224, Henry, ob. cit., p. 243.

      82 J.D. Verdín, Etudes offertes a Pierre Ballet, p. 71.

      83 Phillippe Fouchard, Le Statut de l’Arbitre, Revue de L´Arbitrage, 1996, p. 347.

      84 Henry, ob. cit.p. 179.

      85 Marc Henry, ob. cit., pp. 121 et seq.

      86 Tomando prestados los calificativos de Stephen Bond, The Experience of the ICC in the Confirmation/Appointment Stage of an Arbitration, The Arbitral Process and the Independence of Arbitrators, ICC Publishing 1991, p. 13.

      87 Horacio Grigera Naón, Factors to Consider when Choosing an Efficient Arbitrator, p. 290. Sus palabras exactas fueron: “It could be said that arbitral independance (…) is an elusive concept which is beyond rational description in the abstract, may only be identified when one sees it and often depends on who is seeing it.”

      88 La postura que ha tomado la Suprema Corte de Justicia de Estados Unidos para definir pornografía (hard-core pornography) en Jacobellis v. Ohio (378 U.S. 184, 197 (1964)).

      89 Henry, ob. cit., p. 142 -143.

      90 Definición de Matthieu de Boisséson.

      91 Henry, ob. cit., 150 y 155.

      92 Pierre Lalive, coloquio del 27 de octubre de 1988.

      93 Henry, ob. cit., p. 316.

      94 Id. p. 343.

      95 Id. p. 317.

      96 Soc. Maec SA v. P. Mumback, 23 de marzo de 1995, Corte de Apelación de París (“Les circonstances pour contester l’independance de l’arbitre doivent caracteriser, par l’existence de liens matériels et intelectuels, une situation de nature à affecter le jugement de l’arbitre en constituant un risque certain de prévention à l’égard de l’une des parties à l’arbitrage”.)

      97 Caso (arrêt) Ury de la corte de casación francesa (13 de abril de 1972); Woltz de la Corte de Apelación de París (8 de junio de 1972), Cornu de la Corte de Apelación de París (4 de diciembre de 1979); République de Guinée

Скачать книгу