Colecciones y repatriación de bienes arqueológicos y etnográficos.. María Julia Ochoa Jiménez

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Colecciones y repatriación de bienes arqueológicos y etnográficos. - María Julia Ochoa Jiménez

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esta definición, la convención desarrolla la dimensión social de lo cultural, en la cual tenían solo un papel marginal las manifestaciones materiales de lo cultural que con carácter exclusivo fueron tomadas en cuenta por las convenciones precedentes. Ahora es central una conexión en forma de comunidades, grupos o, dado el caso, personas individuales que definen o crean patrimonio cultural inmaterial y, con ello, generan identidad.

      Con este enfoque concepcional la convención introduce, desde la perspectiva jurídica, un cambio realmente revolucionario en cuanto a la comprensión de la cultura, del cual se desprenden muchas consecuencias de amplio alcance para el derecho. Aquí se debería pensar únicamente en la extensión de los derechos humanos que dicha comprensión cultural traería consigo para la dimensión social, que además remite claramente a la perspectiva de la formación de identidad.

      Por completo en el espíritu de su enfoque concepcional, la convención indica una serie de prescripciones sobre la participación de individuos, grupos y sociedades. Finalmente, se limita de nuevo a tener una influencia en la política cultural estatal exigiendo, apoyando y legitimando decisiones al respecto.

      El descubrimiento de la dimensión social

      Si se contemplan los diversos convenios de la Unesco que aquí se han tratado, y que frecuentemente suelen ser llamados derecho internacional cultural, resulta que estas reglas, tanto en su concepción como en sus regulaciones, son muy diferentes. También se hace visible un claro desarrollo que se puede entender como una curva dramática, que va desde la protección de edificaciones y obras culturales en tiempos de guerra hasta el complejo marco de la política —nacional e internacional— para la diversidad cultural. Si se observa la manera de entender la cultura que está en la base de las diferentes convenciones, es patente que la Unesco partió de un concepto de cultura referido al objeto, a la cosa, pero toma en cuenta la dimensión social de la cultura con la convención sobre el patrimonio cultural inmaterial y, en el 2005, también convierte la diversidad cultural en objeto de un gran régimen jurídico. Justamente en las convenciones del 2003 y 2005, es evidente que una comprensión amplia de la cultura implica también, cada vez con mayor claridad, una imagen de la sociedad. Esto lo muestran precisamente las referencias destacadas por estas dos convenciones en relación con otros valores, fundamentos, principios y campos de regulación del derecho internacional privado: paz, derechos humanos, desarrollo, identidad, participación y beneficio.

      Efecto de irradiación

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