Colecciones y repatriación de bienes arqueológicos y etnográficos.. María Julia Ochoa Jiménez

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Colecciones y repatriación de bienes arqueológicos y etnográficos. - María Julia Ochoa Jiménez

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bienes o bajo cuya jurisdicción se encuentran estos (protección de la soberanía [cultural]), sino sobre todo porque su daño o destrucción a través de acciones bélicas representan una pérdida para el patrimonio cultural de toda la humanidad, incluidas las futuras generaciones.48

      Relación de la identidad con la cultura y respeto a la identidad cultural por medio del derecho internacional

      Esta idea que está en la base de la convención de la Unesco de 1970 deja ver la circunstancia de que la cultura —entendida en sentido estricto, pero más todavía entendida en sentido amplio en cuanto factor civilizatorio— siempre contribuye considerablemente en la constitución de identidad de pueblos, grupos e individuos. Trasladado al derecho internacional cultural, en esta convención se muestra por primera vez un planteamiento para un principio general, el cual, visto de manera más exacta, se verifica también en las demás convenciones de la Unesco sobre las que debemos tratar: el derecho internacional cultural considera la identidad cultural de los pueblos (o de otros titulares de derechos reconocidos, esto se verá más adelante) como algo esencialmente digno de respeto y protección.

      Qué tanto apoyo han recibido el respeto, el reconocimiento y la valoración internacionales de la identidad cultural por medio de los instrumentos y mecanismos de la convención sobre el patrimonio de la humanidad de la Unesco de 1972, y cómo han producido igualmente un poderoso efecto político internacional, se ve últimamente en el caso, entre otros, del nombramiento como patrimonio de la humanidad del templo de Preah Vihear (Camboya) (Hauser-Schäublin y Mißling, 2014; Mißling, 2011).

      se entiende por “patrimonio cultural inmaterial” los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas —junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes— que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural.

      El precepto continúa con una notable afirmación programática que solo sirve a la definición:

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