Conflictos entre socios en la disolución y liquidación de sociedades. Ricardo Cabanas Trejo

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Conflictos entre socios en la disolución y liquidación de sociedades - Ricardo Cabanas Trejo

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de las cuentas anuales y la contratación de profesionales que defiendan a la sociedad en los litigios frente a la Hacienda Pública no constituyen por sí solos el ejercicio, ni directo ni indirecto, de la actividad que constituye el objeto social” (también, SAP de Madrid [28] de 01/02/2019 rec. 1055/2017, SAP de Granada [3] de 19/11/2010 rec. 460/2010).

      6. ¿Y el ejercicio indirecto del objeto?: como regla, según vimos en IV/4, cabe que el objeto social se desarrolle de modo indirecto a través del control de otra sociedad de objeto idéntico/análogo. Desde esa perspectiva, aunque la sociedad hubiera cesado en el ejercicio directo, no habría inactividad, siempre que la sociedad hiciera uso de modo efectivo de esa influencia y no se limite a la mera tenencia (en este sentido, la fundamental STS de 09/10/2018 rec. 3898/2015105; otro ejemplo de sociedad que ejercita su objeto a través del control de otra, en SAP de Gerona [1] de 10/05/2013 rec. 748/2012; destaca cómo ni siquiera es necesaria la previsión estatutaria del objeto indirecto, la SAP de Las Palmas [4] de 31/07/2015 rec. 288/2014106; en similar sentido, la SAP de Gerona [1] de 02/07/2014 rec. 255/2014; al contrario, considera que la mera cláusula estatutaria no sirve, será necesario acreditar la adquisición, el AAP de Mérida [3] de 15/03/2017 rec. 428/2016). En cambio, de haber previsto en los estatutos de forma clara que la actividad se debe desarrollar de forma directa, su mutación completa en ejercicio indirecto no serviría para desactivar la causa de disolución (STS 10/03/2011 rec. 2079/2007)107.

      Distinto cuando se trate de una sociedad de cartera, cuya actividad se puede limitar a la tenencia y gestión de participaciones en otras sociedades, sin atención a su objeto (SAP de Tarragona [1] de 05/07/2017 rec. 212/2016). Aun así, tampoco sería admisible una total pasividad en la gestión de la cartera (SAP de Madrid [28] de 22/03/2007 rec. 552/2006).

      En nuestro caso la situación del socio es muy distinta, pues, si realmente el objeto estatutario ha sido reemplazado por otro, y aquel se ha dejado completamente inactivo, el disidente tiene a su disposición esta causa de disolución, que no es simplemente por falta de actividad, sino por haber cesado en el ejercicio de la actividad/actividades “que constituyan el objeto social”, y este objeto solo puede ser el estatutario. Para evitarlo, la sociedad no tendría otra salida que modificar el objeto social y así dar amparo a las otras actividades, pero entonces sí que se expone al derecho de separación del socio109.

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