Entre el derecho y la moral. Paula Mussetta

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Entre el derecho y la moral - Paula Mussetta

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Especialmente los argumentos apuntan a su carácter respecto a lo jurisdiccional y a lo voluntario. Para los autores del primer proyecto que se presentó en la legislatura, el problema se explica porque la mediación debería ser prejudicial y obligatoria. Si esta fuera la norma, todas las causas que ingresaran a tribunales iban a tener que pasar por mediación y luego en todo caso volver al juicio. La obligatoriedad se planteaba como imprescindible para que la institución comenzara a funcionar. Para otros, el fortalecimiento de la mediación judicial ha sido en detrimento de la extrajudicial. La obligatoriedad de la judicial no deja lugar a la voluntariedad en la extrajudicial. Desde esta perspectiva debía ser toda voluntaria o bien toda obligatoria. Son muchas e importantes las implicaciones de estos postulados. Pero no nos detendremos en este momento a indagar en ellos sino que será tema del capítulo cuatro. Por ahora sólo lo expresamos para ilustrar gran parte de la insatisfacción con el funcionamiento de la mediación.

      Nuestro interés es abordar críticamente la relación entre el Estado, la moralización y la mediación, destacando los puntos equívocos y menos convincentes de esta relación para el caso cordobés. Por eso, en primer lugar describimos de qué trata y cuál es el lugar que el cambio social deseado ocupa en la ideología de la mediación, basándonos en los argumentos que desarrollan los discursos y estudios sobre mediación. Como en Córdoba este proyecto es encarado por el Estado, seguidamente advertimos y argumentamos sobre algunos problemas que esta tarea implica. Y, por último, establecemos los lineamientos teórico-metodológicos para el estudio del Estado. Así, en este capítulo respondemos tres preguntas. Primero analizaremos en qué aspectos específicos se sostiene la idea de que junto con la mediación en Córdoba se desarrolla un propósito de moralización social. Segundo, de dónde surge este interés del Estado y por qué creemos que resulta problemático que el Estado, tal como lo hace en el caso de la mediación, se proponga este tipo de objetivos. Y tercero, cuál es la definición de Estado que resulta apropiada para estudiar un problema como éste.

      Éste es el logro más importante que la mediación en Córdoba se propone como fin. Al tiempo que reconoce la importancia para la vida social de la existencia de estos valores en los sujetos, advierte la carencia e insuficiencia de los mismos en la vida cotidiana. Por lo tanto, su meta es generar el cambio social y cultural necesario para promover el desarrollo de estas cualidades. De esta manera, el objetivo de la mediación en Córdoba se convierte en su esencia, su espíritu, su identidad. El cambio social y cultural que ella se propone como meta, implica recomponer los lazos sociales y la comprensión mutua, el diálogo y el consenso para la preservación del entramado social. Así, la mediación sería una herramienta cuyas bondades consisten en facilitar y acortar la brecha entre la sociedad real y el modelo de sociedad deseada. Las referencias a un modelo de sociedad ideal aparecen y organizan constantemente el discurso de la mediación en el caso estudiado. Además, la carga de valores contenida en ella no sólo la define, sino que a veces opera como una fuente de legitimación. El modelo de la mediación es un deber ser moral, pues funda sus bases en una supuesta rectitud y civismo en las conductas de los ciudadanos, de los cuales se espera se rijan por principios que internamente orienten sus comportamientos. Se espera lograr una manera virtuosa de relaciones entre sujetos y convivencia cuyo potencial resida en el ámbito de deberes y responsabilidades a los que el sujeto cree que ha de responder y no en el de los impuestos por normas y regulaciones. Éste es el contenido moral del programa y nuestro punto de partida. En consecuencia, este estudio no pretende demostrar que el cambio social es un rasgo que define la mediación que lleva a cabo el gobierno cordobés, sino que partimos desde allí con la tarea de definirlo y analizar algunas de sus implicaciones.

      Existe mucho material escrito sobre este componente de la identidad de la mediación, trabajos que apoyan la mediación creyendo en ella como un medio eficaz y legítimo para mejorar la calidad de vida de las personas, en el sentido que venimos señalando (Schwerin, 1995; Boqué Torremorel, 2003; Gottheil, 1996; Baruch Bush y Folger, 1996). Este tipo de intervenciones por parte del Estado, en la sociedad, configuran un terreno sobre el que las estrategias desplegadas deberían actuar y especificar sujetos de gobierno, como

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