Sobre delitos y penas: comentarios penales y criminológicos. Gabriel Ignacio Anitua
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Patrick Castel en “La diversité du placement à l’exterieur. Etude sur une mesure d’aménagement de la peine”, trata del trabajo de los condenados fuera de la prisión como alternativa. Esta medida está destinada a disminuir la población carcelaria y lograr la reinserción de los reclusos, según el autor. Pero en la práctica tiene un desarrollo muy limitado y depende de puestas en práctica a nivel local que son muy heterogéneas ya que no existe una política que estimule a aplicarlas y de una verdadera reglamentación. Su desarrollo, entonces, depende de iniciativas individuales a nivel local y de las ayudas que puedan prestarle desde dentro y fuera de la prisión. El autor culmina algo pesimista de estas posibilidades ya que la lógica que las anima se enfrenta a la lógica de la seguridad que impera sobre el personal penitenciario y los jueces y por lo tanto estos la verán como peligrosa y significará un freno suplementario a su desarrollo.
R. Lucchini muestra en “Carrière, identité et sortie de la rue: le cas de l’enfant de la rue” las diferentes maneras que los niños de la calle logran salir de esta. Explica esta diversidad de salidas en atención a las identidades de los niños que “manifiestan” la intención de abandonar la calle. Propone una tipología de estas maneras de abandonar la calle que demuestra que esto no es lineal ni progresivo, sino que implica es un “paso”, una etapa de la carrera del niño y por lo tanto se caracteriza por una ruptura importante en la línea biográfica del niño o el fin de los recursos que le permiten al niño sobrevivir en la calle.
Cierra el número un avance de investigación de H. Houdayer, “La marge en cause dans le discours de toxicomanes”. Esta nota de investigación propone una reflexión alrededor de las temáticas de la normalidad y la exclusión en materia de toxicomanía. El papel de la ley es fundamental y ello se advierte al relacionar el status de excluido del toxicómano con la posición del sujeto de cara a la norma. La investigación se realiza sobre el discurso de toxicómanos de la ciudad de Montpellier. Las reflexiones se hacen luego de entrevistas, en las que surge el problema de la “normalidad”, realizadas en un gabinete médico al que acuden por ayuda. El toxicómano expresa el problema de la exclusión en un discurso que vuelve al tema de la diferencia y propone resolver su problema dejando la idea de margen para darle sentido desde la centralidad.
Finalmente, este número cuenta con un índice de los artículos publicados en los ocho números de 1999 y 2000. Colaboran en los mismos firmas prestigiosas como las de Baratta, Pires, Robert, etc. y los temas abordados en estos últimos años demuestran la centralidad que adquiere la cuestión de la seguridad urbana en la actualidad, reflejada también en diversas materias como la de la penalidad e incluso la procesal penal (el n° 1 del volumen 24 de 2000 contiene un dossier presentado por Baratta y Hohman sobre el cambio de una verdad procesal o sustancial a una “consensual” provocado por lo que en Argentina conocemos como “juicio abreviado” y los peligros que ello entraña).
6- Deviance et Societé, Trim. Mars 2001, vol. 25, n° 1, Revue publiée avec le concours du Centre National de la Recherche Scientifique et du Centre National du Livre, Geneve. Comentario publicado en Nueva Doctrina Penal, 2001/A, Buenos Aires, Del Puerto, pp. 393 a 394.
¿POR QUÉ LA GUERRA? (7) FUERZA DE LEY. EL FUNDAMENTO MÍSTICO DE LA AUTORIDAD (8)
He tenido la suerte de asistir a la presentación que la editorial Minúscula hizo de un libro que nace del intercambio epistolar propuesto por Albert Einstein a Sigmund Freud a instancias de la Sociedad de Naciones en 1932. El producto de la intervención de estos intelectuales, así como el trabajo introductorio de Eligio Resta, es, a más de riguroso científicamente y comprometido políticamente, un placer para la lectura.
La pregunta por la evitabilidad de la guerra, que formula Einstein a partir de la constatación de los fracasos de los instrumentos internacionales y demandando respuestas sobre los posibles obstáculos psicológicos, enmarca un debate que resulta de mucha utilidad a quienes pretendemos hacernos preguntas sobre el ejercicio de la violencia por parte de los Estados y sobre la posibilidad de una justicia internacional como límite a esta violencia. Einstein demuestra los peligros de la fuerza estatal y parece indicar una posible alternativa en la renuncia voluntaria de los Estados a una parte de su soberanía (la fuerza estatal) y su entrega a una autoridad legislativa y judicial internacional (mejor: no nacional) con suficiente autoridad para resolver conflictos e imponer decisiones.
La respuesta de Freud me parece importante de recuperar en medio del pensamiento que en estos días se inscribe en la tradición ilustrada identificando al derecho como el límite del poder violento o punitivo (me refiero a la monumental obra de Zaffaroni, Alagia y Slokar, y también a la ya clásica de Ferrajoli) y para repensar, desde una crítica progresista, la relación entre derecho y fuerza, que pone como punto de partida Einstein y que Freud traduce a la relación entre derecho y violencia.
Para Freud (a diferencia de Elster) el cemento de la sociedad lo constituyen el imperio de la violencia y los lazos afectivos entre sus miembros, y se comete un error si se confía ciegamente en el derecho sin reconocer que este es en su origen fuerza bruta y que nunca podrá renunciar al apoyo de la violencia. La reglamentación jurídica no puede resolver el problema de la violencia, por lo que la apuesta que hace Freud por el pacifismo debe pasar por la asunción y la negación de la propia violencia.
El brillante y enjundioso estudio preliminar de Eligio Resta retoma críticas –investigaciones– sobre el derecho y sobre el Estado ya difundidas también en castellano (La certeza y la esperanza; y colaboraciones en Poder y Control, Oñati Proceedings y en la obra colectiva Soberanía: un principio que se derrumba). Inscribe este debate en otro más amplio y en el que el pensamiento de Hans Kelsen, Carl Schmitt y, por supuesto, Max Weber demuestran la importancia de mirar hacia la cultura del centro de Europa en el período de entreguerras, que es el objetivo de la colección Alexanderplatz que inaugura Minúscula con este volumen.
Resta nos demuestra la actualidad del problema y señala la necesidad de percibir y asumir la propia violencia, para posteriormente proponer un modelo de paz no impuesto, difícil pero posible, a conseguir con el ejemplo del pacifismo de Gandhi –que asume la violencia pero apuesta por otro código– y el de Elías Canetti –que en la democracia representativa ve un juego de engaño a la violencia y que puede sustituirla a condición que no nos dejemos engañar sobre la violencia. Esta violencia también forma parte del derecho, como surge de la lectura del “pensante” pensador terrible Schmitt. El pensamiento de este filósofo político conservador, católico y filonazi, creo que permite también realizar un análisis progresista y libertario, a pesar de las duras críticas dedicadas por Zaffaroni, Alagia y Slokar (que sin embargo no formulan a Heidegger).
En la misma línea de Schmitt se inscribe el trabajo Para una crítica de la violencia de Walter Benjamin que define al derecho como demónicamente ambiguo, y que recupera entre otra abundante bibliografía Resta. El derecho es violencia, que aún siendo legítima no dejará nunca de serlo.
Este trabajo de clarificación y deconstrucción sobre el derecho es también recuperado por Jacques Derrida en el segundo de los artículos publicados en Fuerza de ley. Este libro reúne el fruto de conferencias que pronunció en los Estados Unidos frente a estudiosos de los “Critical Legal Studies”. En “Nombre de pila de Benjamin” analiza el texto de Benjamin que realiza una crítica feroz al derecho y a la democracia liberal y