Sobre delitos y penas: comentarios penales y criminológicos. Gabriel Ignacio Anitua
Чтение книги онлайн.
Читать онлайн книгу Sobre delitos y penas: comentarios penales y criminológicos - Gabriel Ignacio Anitua страница 11
Para Benjamin la abolición de la violencia será conjuntamente la abolición de la autoridad, de la ley y del poder del Estado. Y es que la violencia conservadora de estos no es sino la representación de la violencia fundadora que es siempre pura violencia. El mejor ejemplo de la forma Estado actuando violentamente para conservar cierta legitimidad se observa en la policía (que Benjamin critica junto a la pena de muerte y el parlamentarismo). Las dos formas de violencia del derecho (fundadora y conservadora) tienen una tradición mitológica griega que se opone, según Benjamin, a la “violencia” de Dios que en lugar de fundar el derecho lo destruye. A pesar de todo, Benjamin cree en relaciones no violentas entre las personas privadas y por ello fuera del orden del derecho.
En el otro hermoso ensayo “Del derecho a la justicia”, Derrida recuerda que lo que pretende tener fuerza de ley apela a la fuerza en el concepto de autoridad. Al considerar la tradición (en este caso francesa) de Pascal y Montaigne, pone juntas a la justicia y a la violencia. Si se lleva a la justicia a su principio se la aniquila. Y de esta tradición, entonces, recupera el “fundamento mítico” de la autoridad.
Estos libros nos muestran que, a pesar de lo que sostienen las teorías bienintencionadas y pensantes de nuestro derecho penal, no solo cualquier legitimación del poder punitivo sino también cualquier legitimación del derecho –también como límite– va a dar con la idea de la guerra.
Esto permite profundizar este debate con una orientación progresista y no abandonarlo en posturas “a la defensiva” sino soñar con un orden no violento y que, como el arbitraje o mediación, se coloque más allá de todo ordenamiento jurídico y de toda violencia. Aunque Derrida nos demuestre también la afinidad de ello con la violencia no cabe ser del todo pesimista y se puede tener alguna esperanza en el pacifismo militante de Einstein, estético y cultural de Freud, cuasi religioso de Benjamin o posibilista, a pesar de todo, de Eligio Resta.
7- ¿Por qué la guerra?, Albert Einstein y Sigmund Freud, con Introducción de Eligio Resta, Barcelona, Minúscula, 2001.
8- Fuerza de ley. El fundamento místico de la autoridad, Jacques Derrida, Madrid, Tecnos, 1997. Comentario publicado en Nueva Doctrina Penal, 2001/A, Buenos Aires, Del Puerto.
REVISTA PANÓPTICO, NUEVA ÉPOCA (9)
Debe ser motivo de festejo el relanzamiento de la revista Panóptico en la ciudad de Barcelona. Con el objetivo explícito de continuar en la senda trazada por los números de la revista El Panóptico (que bajo la coordinación de la asociación Salhaketa de Vitoria-Gasteiz aparecieron en 1996 y 1997) el actual equipo de redacción realiza una apuesta a favor de este espacio de comunicación entre la práctica de los movimientos sociales y la aportación teórica de estudiosos de diversas disciplinas que analizan la prisión y la cultura penal. La revista en su anterior época era el órgano de la Coordinadora de Solidaridad con Presas/os del estado español y, aunque en pocos números, logró crear un espacio de crítica a la política criminal en sus números monográficos (dedicados al código penal de 1995, a la ley penal juvenil, al régimen de aislamiento de presos llamado “FIES” y a las políticas penales españolas). Ese espacio se extrañaba en España y de allí la necesidad que este “nuevo” Panóptico lo ocupe otra vez con el esfuerzo de los presos y presas, los movimientos sociales, y los aportes de personas que trabajan dentro y fuera de la Universidad.
Anima a todos ellos, y justifica la revista, la decisión de hacer frente a la actual difusión de la cultura punitiva con una cultura de la resistencia necesariamente abonada por el rigor teórico, como se manifiesta en la “Editorial” del número 1. Nada más lejos de la improvisación que este primer ejemplar bellamente editado por la editorial Virus con una gran tarea de diseño. Esta cuidada presentación realza el valor del contenido y además es en sí misma un “contenido”, ya que no constituyen meramente “decoración” las fantásticas fotografías de las cárceles del fascismo italiano que lo ilustran.
El número está compuesto por una “Editorial” que nos recuerda la historia de la revista y sus intenciones para el futuro, y por varias secciones. En la primera, “Correspondencia y denuncias”, realizan su aporte los presos y presas españoles que con su presencia “privilegiada” constituyen la crítica más severa al modelo actual de castigo, la privación de la libertad, y en concreto a ciertas prácticas de la administración española en la aplicación de este.
La segunda sección, “Artículos de fondo”, publica un artículo de Julián Carlos Ríos, profesor universitario en Madrid, que se titula “La cárcel, descripción de una realidad” y muestra los resultados de una investigación sociológica sobre la cárcel española; otro de Angel Elías Ortega, “La desaparición de las cárceles como una exigencia del nuevo milenio”, que expone sobre la incompatibilidad de la cárcel con un modelo humano de solución de conflictos y aboga por la desaparición del espacio de sufrimiento que es la prisión; y finalmente otro de Mauro Palma, “El punto de llegada de las reformas penitenciarias en Italia”, que reflexiona sobre los veinticinco años de la reforma penitenciaria italiana y el problema de las propias intenciones reformistas, también nos muestra la dura realidad carcelaria italiana producto de otro modelo, y expone las propuestas de la Asociación Antigone –que es un referente para muchos movimientos españoles en su tarea de denuncia– para hacerle frente.
La tercera sección, “Movimientos sociales”, está dedicada a la divulgación de las actividades de estos colectivos en su actual enfrentamiento contra la política penal-penitenciaria del Estado español.
La cuarta es la sección central que abordará temas monográficos. Este primer dossier se refiere a “SIDA y Cárcel” con aportes de diversos colectivos españoles (gallegos y asturianos) y de Eduardo Maia Costa, de Portugal. Los artículos no son muy largos ni abundan en contenido teórico, pero describen con claridad la grave situación de esta enfermedad, ampliada en sus letales efectos por la propia responsabilidad de la cárcel y de las hipócritas políticas represivas de la droga y otras, realmente “antisanitarias”.
La quinta sección, “La lucha en la cárcel en la España de los años 70” a cargo del Centre de Documentació Arran de Barcelona, es especialmente útil en estos momentos en que el pensamiento excluyente y punitivo (que ha llegado a la política y al gobierno) se apoya en una cultura del olvido de los hechos más relevantes de la historia de España alentada por la clase gobernante española que tiene bastante que ocultar de ese pasado franquista y de lo ocurrido en la llamada “transición”. En este primer número se realiza una cronología de los hechos de lucha en las cárceles españolas que van de la muerte en su cama del dictador Franco y el asesinato, por medio de ejecución legal, del anarquista Salvador Puig Antich en 1974, hasta fines de 1980.
La sexta sección realiza el comentario de libros de reciente aparición y relacionados con la amplia temática que ocupa y preocupa a quienes hacen la revista.
El número 2 de la revista, aparecido en noviembre del 2001, mantiene los aciertos del primer número, entre ellos el diseño que en esta oportunidad es acompañado con fotografías de cárceles brasileñas. Luego de comentar críticamente en la “Editorial” tanto los hechos represivos de Génova de julio del 2001, como también los de Nueva York en 11 de septiembre de ese año y la “guerra” que los sucedió en Afganistán, repite la estructura del otro número. La primera sección continúa dedicada a la divulgación de cartas de presos y a la difusión de algunas campañas y protestas por ellos protagonizada. También aparecen relaciones de campañas realizadas en otros